El caso se refiere a las quejas, planteadas en virtud de los artículos 9, 11 y 14 del Convenio, de que la negativa de las autoridades de la «NKR» a registrar a la demandante como organización religiosa infringió su derecho a la libertad de religión y asociación y supuso una discriminación por motivos de religión.
[Leer Más]El caso plantea una cuestión en virtud del artículo 3 del Convenio en la medida en que las autoridades estatales no garantizaron que el demandante -un preso con necesidades especiales- recibiera la intervención quirúrgica necesaria y tardaron más de un año en examinar su solicitud de permiso de salida de la cárcel, que había solicitado por motivos de salud.
[Leer Más]El asunto se refiere a los daños causados a una mercancía de la empresa demandante, supuestamente causados por la incautación de sus bienes en el curso de un procedimiento penal contra sus socios. La empresa demandante también alegó que se le privó del acceso a un tribunal debido a una interpretación formalista y restrictiva de la ley nacional.
[Leer Más]El caso se refiere a la falta de acceso a un tribunal del demandante en relación con el cese prematuro y supuestamente arbitrario de su mandato como miembro judicial del Consejo Nacional de la Magistratura. El demandante se basó en el artículo 6 § 1 y en el artículo 13 del Convenio.
[Leer Más]El caso se refiere a la denuncia del demandante de que su acusación y condena por delitos financieros a raíz de la crisis financiera de 2008 supuso una violación de su derecho a un juicio justo.
[Leer Más]El caso se refiere a un procedimiento civil por difamación interpuesto por la Administración de la región de Volgogrado contra un medio de comunicación en Internet a raíz de la publicación de una entrevista a un tercero.
[Leer Más]Basándose principalmente en los artículos 3 y 5 del Convenio, los demandantes se quejan de que su detención y posterior traslado de Azerbaiyán a Turquía vulneraron sus derechos en virtud del Convenio.
[Leer Más]La demanda se refiere a la supuesta violación del derecho a la libertad de reunión de los demandantes, en virtud del artículo 11 del Convenio, debido a su condena por haber organizado una protesta en un juzgado, durante la cual corearon consignas, desplegaron una pancarta, lanzaron folletos y se encerraron en uno de sus pasillos, impidiendo así las audiencias que se estaban celebrando. También se refiere a la imparcialidad del proceso penal contra los demandantes en virtud del artículo 6 del Convenio, debido a la supuesta invalidez de su renuncia al derecho a un abogado cuando declararon ante la policía durante la fase de investigación preliminar.
[Leer Más]La solicitud se refiere a la supuesta injusticia del proceso penal contra la demandante debido a que las autoridades nacionales supuestamente no respetaron su derecho a defenderse mediante asistencia letrada de su propia elección, tal como se protege en el artículo 6 § 3 (c) del Convenio
[Leer Más]El presente asunto se refiere a la prolongada falta de ejecución de las sentencias de los tribunales nacionales por las que se concedió a la primera demandante una orden de residencia con respecto a la segunda. Plantea una cuestión en virtud del artículo 8 del Convenio.
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