La demanda, presentada por un periódico y su redactor jefe, se refiere a una supuesta injerencia injustificada y desproporcionada en su derecho a la libertad de expresión en virtud del artículo 10 del Convenio, debido a las sanciones impuestas a raíz de la publicación en el periódico de material considerado por los tribunales nacionales como difamatorio de un funcionario público.
[Leer Más]El presente recurso se refiere a la supuesta injusticia del proceso penal llevado a cabo contra el demandante. En particular, el demandante se quejó, en virtud del artículo 6 § 1 del Convenio, de que su condena se había basado en un veredicto del jurado que no contenía ninguna motivación y de que su recurso de casación había sido rechazado por el tribunal de apelación de forma no fundamentada. La demanda también se refiere, en virtud del artículo 6 § 1 y 3 (c) y (d) del Convenio, a la supuesta violación del derecho del demandante a la asistencia letrada de su elección y a la supuesta injusticia del procedimiento relativo a la admisibilidad de las pruebas.
[Leer Más]El presente caso se refiere a la negativa de los guardias fronterizos a recibir las solicitudes de asilo de los solicitantes y al traslado sumario a un tercer país, con riesgo de devolución y malos tratos en el país de origen.
[Leer Más]La solicitud se refiere al derecho de los demandantes a la intimidad y a la protección de su propia imagen (artículo 8 del Convenio), así como a su derecho a la libertad de expresión (artículo 10 del Convenio).
[Leer Más]El caso se refiere a las alegaciones de los demandantes, en virtud del artículo 8 del Convenio, de que el registro de los locales comerciales del segundo demandante y la incautación de grandes cantidades de documentos y archivos electrónicos en una operación no anunciada («redada de madrugada») por parte de la Autoridad de la Competencia (Konkurences padome) fue ilegal y desproporcionada y que las garantías procesales fueron insuficientes.
[Leer Más]Las tres solicitudes tienen su origen en diversos hechos relacionados con una operación de vigilancia llevada a cabo en 2005 y 2006 por el Servicio de Inteligencia Eslovaco («el SIS»). En 2011 se conoció públicamente la existencia de dicha operación con el nombre en clave de «Gorila». El contexto general del asunto, tanto a nivel nacional como ante el Tribunal de Justicia, se describe en la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto Zoltán Varga c. Eslovaquia (nº 58361/12 y otros 2, 20 de julio de 2021).
[Leer Más]El caso se refiere a un procedimiento disciplinario llevado a cabo contra el demandante, un agente de ejecución, por la sala disciplinaria del Tribunal Supremo Administrativo que actúa como tribunal disciplinario. El demandante planteó varias quejas en virtud del artículo 6 del Convenio y del artículo 2 del Protocolo nº 7 en relación con el tribunal disciplinario, alegando que no era un tribunal independiente e imparcial y que su decisión no podía ser recurrida.
[Leer Más]El presente caso se refiere a las quejas de la demandante en relación con su confinamiento en una institución para delincuentes con enfermedades mentales tras haber cometido un intento de resistencia a la detención por parte de la policía. La demandante se basó en los artículos 5 y 6 del Convenio, así como en el artículo 14, leído conjuntamente con el artículo 5 del Convenio.
[Leer Más]Por la siguiente Decisión de Ejecución se modifica el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/641, sobre medidas de emergencia en relación con los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en determinados Estados miembros
[Leer Más]Por el siguiente Reglamento se modifica el Reglamento (UE) 2021/2278 por el que se suspenden los derechos del arancel aduanero común contemplados en el artículo 56, apartado 2, letra c), del Reglamento (UE) n.o 952/2013 sobre algunos productos agrícolas e industriales
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