La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 3 a 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13, y en DO 2023, L 17, p. 100).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre Caixabank, S. A. (en lo sucesivo, «entidad bancaria»), y X (en lo sucesivo, «consumidor»), en relación con la supuesta abusividad de la cláusula de comisión de apertura de un contrato de crédito con garantía hipotecaria.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la validez del artículo 18, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1768/95 de la Comisión, de 24 de julio de 1995, por el que se adoptan normas de desarrollo de la exención agrícola contemplada en el apartado 3 del artículo 14 del Reglamento (CE) n.º 2100/94 del Consejo relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (DO 1995, L 173, p. 14), en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.º 2605/98 de la Comisión, de 3 de diciembre de 1998 (DO 1998, L 328, p. 6) (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 1768/95»), en relación con el artículo 94, apartado 2, primera frase, del Reglamento (CE) n.º 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (DO 1994, L 227, p. 1).
[Leer Más]La mayor parte de Europa meridional y occidental se ve afectada por importantes anomalías de la humedad del suelo y del caudal de los ríos debido a un invierno excepcionalmente seco y cálido.
– El volumen equivalente de agua de nieve en los Alpes está muy por debajo de la media histórica, y es incluso inferior al del invierno 2021-2022. Esto conducirá a una grave reducción de la contribución del deshielo a los caudales fluviales en la región perialpina durante la primavera y principios del verano de 2023.
– Los efectos de la incipiente sequía ya son visibles en Francia, España y el norte de Italia, y suscitan preocupación por el abastecimiento de agua para uso humano, la agricultura y la producción de energía.
– Las previsiones estacionales muestran una primavera más cálida que la media en Europa, mientras que las previsiones de precipitaciones se caracterizan por una mayor variabilidad espacial e incertidumbre. Para hacer frente a una estación que actualmente presenta un alto riesgo de ser crítica para los recursos hídricos, se requiere una estrecha vigilancia y planes adecuados de utilización del agua.
Las amenazas híbridas constituyen una combinación de diferentes tipos de herramientas, algunas esperadas y conocidas, otras inesperadas y clandestinas, aplicadas para lograr un objetivo estratégico no declarado, y sin admitirlo oficialmente. El denominador común de los actores de las amenazas híbridas es su deseo de socavar o perjudicar a gobiernos, países o alianzas establecidos democráticamente. Por su propia naturaleza, las amenazas híbridas constituyen un riesgo para los valores, gobiernos, países e individuos europeos. Su objetivo general es limitar la libertad de maniobra de las democracias para desacreditar su modelo frente a los regímenes autoritarios u obtener otras ventajas sobre las democracias. Los siete estudios de casos presentados en este informe demuestran hasta qué punto la actividad de las amenazas híbridas puede socavar y debilitar los cimientos de un ecosistema democrático que funcione correctamente.
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, la Comisión Europea solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de 9 de junio de 2021, Calhau Correia de Paiva/Comisión (T‑202/17, en lo sucesivo, «sentencia recurrida», EU:T:2021:323), por la que el Tribunal General anuló la decisión del tribunal calificador de la oposición general EPSO/AD/293/14, de 23 de junio de 2016, por la que se deniega la solicitud de revisión de la Sra. Ana Calhau Correia de Paiva a raíz de su exclusión de la lista de reserva de dicha oposición (en lo sucesivo, «decisión controvertida»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 21, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas (DO 2004, L 24, p. 1).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre Towercast SASU, por una parte, y la Autorité de la concurrence (Autoridad de Competencia, Francia) y el ministre chargé de l’économie (Ministro de Economía, Francia), por otra, en relación con una resolución desestimatoria de una denuncia de Towercast por abuso de posición dominante.
[Leer Más]Mediante sus recursos de casación respectivos, la Comisión Europea (C‑438/21 P), Biogen Netherlands BV (en lo sucesivo, «Biogen») (C‑439/21 P) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) (C‑440/21 P) solicitan la anulación de la sentencia del Tribunal General de 5 de mayo de 2021, Pharmaceutical Works Polpharma/EMA (T‑611/18, en lo sucesivo, «sentencia recurrida», EU:T:2021:241), por la que este anuló la decisión de la EMA de 30 de julio de 2018 por la que se deniega a Pharmaceutical Works Polpharma S. A. (en lo sucesivo, «Polpharma») la autorización de comercialización de una versión genérica del medicamento Tecfidera (en lo sucesivo, «decisión controvertida»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 38, letra a), de la Directiva 2007/64/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2007, sobre servicios de pago en el mercado interior, por la que se modifican las Directivas 97/7/CE, 2002/65/CE, 2005/60/CE y 2006/48/CE y por la que se deroga la Directiva 97/5/CE (DO 2007, L 319, p. 1).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 18 TFUE, 26 TFUE, 49 TFUE, 54 TFUE y 55 TFUE, de los artículos 3 y 13 de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (DO 2018, L 321, p. 36), y de los artículos 16 y 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]Mediante su recurso, la Comisión Europea solicita al Tribunal de Justicia que:
– Declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 1, respecto de las zonas y aglomeraciones BG0001 Sofía, BG0002 Plovdiv, BG0004 Norte, BG0005 Sudoeste y BG0006 Sudeste, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 5 de abril de 2017, Comisión/Bulgaria (C‑488/15, EU:C:2017:267).
– Condene a la República de Bulgaria a pagar a la Comisión un importe a tanto alzado de 3 156 euros diarios, a contar desde la fecha en que se pronunció la sentencia de 5 de abril de 2017, Comisión/Bulgaria (C‑488/15, EU:C:2017:267), hasta que recaiga sentencia en el presente asunto, o, en caso de que se dé cumplimiento antes a lo dispuesto en la sentencia, hasta el 31 de diciembre del último año en el que no se haya conformado a ella, sin que el importe pueda ser, en cualquier caso, inferior al importe mínimo a tanto alzado de 653 000 euros.
– Condene a la República de Bulgaria a pagar a la Comisión una multa coercitiva por importe de 5 677,20 euros diarios por cada una de las zonas de calidad del aire, a contar desde el momento en que se dicte sentencia en el presente asunto y hasta el año en que se dé cumplimiento por completo a la sentencia de 5 de abril de 2017, Comisión/Bulgaria (C‑488/15, EU:C:2017:267).
– Condene a la República de Bulgaria a cargar con las costas.
[Leer Más]- « Anterior
- 1
- …
- 155
- 156
- 157
- 158
- 159
- …
- 1.777
- Siguiente »