El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es una de las siete instituciones europeas. Es la institución judicial de la Unión Europea y su cometido es garantizar el cumplimiento del Derecho de la UE, supervisando la interpretación y aplicación uniformes de los Tratados y controlando la legalidad de las medidas adoptadas por las instituciones, órganos y organismos de la UE. La Institución contribuye a preservar los valores de la Unión Europea y, a través de su jurisprudencia, trabaja en la construcción de Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea está compuesto por dos órganos jurisdiccionales: el Tribunal de Justicia y el Tribunal General.
[Leer Más]El Informe Anual de Actividades es un informe de gestión del Director General de la Oficina de Publicaciones al Colegio de Comisarios. Los informes anuales de actividad son el principal instrumento de rendición de cuentas en materia de gestión dentro de la Comisión y constituyen la base sobre la que el Colegio asume la responsabilidad política de las decisiones que adopta, así como de las funciones de coordinación, ejecución y gestión que ejerce, tal como establecen los Tratados.
[Leer Más]Aunque la concepción dominante del desarrollo sostenible se ha centrado especialmente en las dimensiones económica, social y medioambiental, un número creciente de académicos, organizaciones y líderes de la industria cultural han destacado el papel esencial de los aspectos culturales. Los enfoques políticos que destacan la importancia de la cultura para el desarrollo sostenible apoyan el papel de los derechos culturales, una noción dinámica de la cultura, la interconexión de los factores económicos, sociales, medioambientales y culturales y el valor de los aspectos fundamentales de la cultura (por ejemplo, el patrimonio, la diversidad y la creatividad). Aplicar esto a nivel urbano y local es importante debido a la creciente «localización» de los objetivos de desarrollo, como se indica en los ODS y la Nueva Agenda Urbana. Las ciudades funcionan como «laboratorios» a la hora de abordar los nuevos retos, el papel efectivo de los gobiernos locales y sus asociaciones, y movilizan a todas las partes interesadas locales para conectar la cultura con el desarrollo sostenible. Esta recopilación de un estudio teórico sobre la contribución de la cultura al desarrollo urbano sostenible, con las mejores prácticas y metodologías, ilustra algunas de las últimas prioridades planteadas por la Unión Europea.
[Leer Más]¿Lecciones para Libia?
La complicada situación de transición actual de Libia ofrece la oportunidad de debatir un nuevo modelo de Estado que sea menos dependiente de la trayectoria y que refleje mejor las necesidades de paz y desarrollo a largo plazo del país. Los libios tienen la oportunidad de elegir entre el modelo liberal dirigido por el mercado, el modelo de Estado desarrollista o el modelo de Estado del bienestar, como un punto intermedio. También pueden optar por mezclar y armonizar los elementos de los distintos modelos que consideren más adecuados para la particularidad del contexto libio. Entre estas opciones, ¿cuáles serían las ventajas y desventajas del modelo de Estado desarrollista para abordar los retos a los que se enfrenta actualmente Libia? ¿Qué lecciones puede aprender Libia de la experiencia de los Estados desarrollistas, en particular de países como Ruanda y Etiopía? Aunque son diferentes en muchos aspectos, estos dos países han pasado por procesos de estabilización y reconstrucción tras la guerra y el genocidio, y aplicando el modelo de Estado desarrollista han logrado un rápido crecimiento económico.
Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación del artículo 135, apartado 1, letra g), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1)
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 18, apartado 1, y de los artículos 33 y 49 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65), así como de los puntos 7 y 10, letra a), de la parte C del anexo V de esta Directiva y del artículo 2 quinquies, apartado 1, letra a), de la Directiva 92/13/CE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de [las] disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO 1992, L 76, p. 14), en su versión modificada por la Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014 (DO 2014, L 94, p. 1)
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, la República Checa solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de 12 de septiembre de 2019, República Checa/Comisión (T‑629/17, no publicada, EU:T:2019:596), mediante la que este desestimó su recurso por el que solicitaba la anulación de la Decisión de Ejecución C(2017) 4682 final de la Comisión, de 6 de julio de 2017, que se anula una parte de la ayuda del Fondo Social Europeo para el programa operativo Formación en materia de Competitividad en el marco de los objetivos «Convergencia» y «Competitividad regional y empleo» en la República Checa y una parte de la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para los programas operativos Investigación y Desarrollo para la Innovación en el marco del objetivo «Convergencia» en la República Checa y Ayuda Técnica en el marco de los objetivos «Convergencia» y «Competitividad regional y empleo» en la República Checa
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 7, punto 2, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2012, L 351, p. 1).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3, apartados 1 y 2, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO 2001, L 167, p. 10), de los artículos 3, apartado 2, 4, 8 y 13 de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO 2004, L 157, p. 45; corrección de errores en DO 2004, L 195, p. 16, y DO 2004, L 351, p. 44), y del artículo 6, apartado 1, párrafo primero, letra f), del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1), en relación con el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas) (DO 2002, L 201, p. 37), en su versión modificada por la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009 (DO 2009, L 337, p. 11)
[Leer Más]- « Anterior
- 1
- …
- 729
- 730
- 731
- 732
- 733
- …
- 1.777
- Siguiente »