En la mayor parte de las zonas del oeste, el norte y el centro-norte de Europa, las condiciones meteorológicas durante este periodo de revisión fueron adecuadas para el desarrollo de los cultivos de invierno, y permitieron un buen progreso de las siembras de primavera y otras operaciones en el campo. Como aún es pronto para la temporada, las previsiones de rendimiento de los cultivos en estas regiones se mantienen a la luz de las tendencias históricas. Varias zonas del sur y del centro de Europa han experimentado condiciones meteorológicas desfavorables, lo que ha dado lugar a una ligera revisión general a la baja de las previsiones de rendimiento de los cultivos de invierno.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 3 a 5 de la Directiva 2001/23/CE del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de transmisión de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad (DO 2001, L 82, p. 16).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del Reglamento (CE) n.º 555/2008 de la Comisión, de 27 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, en lo relativo a los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles en el sector vitivinícola (DO 2008, L 170, p. 1).
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, Yieh United Steel Corp. (en lo sucesivo, «Yieh») solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de 3 de diciembre de 2019, Yieh United Steel/Comisión (T‑607/15, EU:T:2019:831; en lo sucesivo, «sentencia recurrida»), por la que este desestimó su recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1429 de la Comisión, de 26 de agosto de 2015, que establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de productos planos de acero inoxidable laminados en frío originarios de la República Popular China y Taiwán (DO 2015, L 224, p. 10) (en lo sucesivo, «Reglamento controvertido»).
[Leer Más]La orientación por países representa la evaluación común de la situación en el país de origen por parte de los altos funcionarios de los Estados miembros de la UE, de conformidad con la legislación vigente de la UE y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta orientación no exime a los Estados miembros de la obligación de examinar de forma individual, objetiva e imparcial cada solicitud de protección internacional. Cada decisión debe tomarse sobre la base de las circunstancias individuales del solicitante y de la situación en Afganistán en el momento de la decisión, de acuerdo con información precisa y actualizada del país, obtenida de diversas fuentes pertinentes (artículo 10 de la Directiva sobre procedimientos de asilo). El análisis y las orientaciones que se ofrecen en este documento no son exhaustivos.
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, Changmao Biochemical Engineering Co. Ltd (en lo sucesivo, «Changmao») solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de 28 de junio de 2019, Changmao Biochemical Engineering/Comisión (T‑741/16, no publicada, en lo sucesivo, «sentencia recurrida», EU:T:2019:454), mediante la que este desestimó su recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1247 de la Comisión, de 28 de julio de 2016, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de aspartamo originario de la República Popular China (DO 2016, L 204, p. 92; en lo sucesivo, «Reglamento controvertido»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 1, apartado 5, letra a), y del artículo 15, apartado 2, de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) (DO 2000, L 178, p. 1), de los artículos 1 a 3 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO 2006, L 376, p. 36), y del artículo 56 TFUE.
[Leer Más]Uno de los objetivos del Plan de Acción sobre Propiedad Intelectual publicado en 2020 es ayudar a los innovadores e investigadores a sacar el máximo partido a sus resultados e invenciones, generando así un impacto social. La investigación y la innovación son una fuerza motriz que también apoyará las transiciones ecológica y digital en curso. Facilitar el acceso a los activos intelectuales y su puesta en común, tal como se prevé en el Plan de Acción sobre Propiedad Intelectual, es fundamental para aumentar la valorización de los resultados de la investigación y la adopción de soluciones innovadoras por parte del mercado.
[Leer Más]Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación de los artículos 22, 25 y 29 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO 2016, L 77, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016 (DO 2016, L 251, p. 1) (en lo sucesivo, «Código de fronteras Schengen»), así como del artículo 21 TFUE, apartado 1, y del artículo 45, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]Mediante su recurso, la República de Polonia solicita al Tribunal de Justicia, con carácter principal, que anule las letras b) y c), in fine, del artículo 17, apartado 4, de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (DO 2019, L 130, p. 92), y, con carácter subsidiario, para el caso de que el Tribunal de Justicia considere que estas disposiciones no pueden separarse de las demás disposiciones del artículo 17 de la Directiva 2019/790 sin modificar su esencia, que anule este artículo en su integridad.
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