La Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea (DG SANTE) encargó a RAND Europe y a asesores expertos la realización de un estudio de prospectiva para desarrollar escenarios futuros adecuados sobre el uso de plaguicidas hasta 2030 y más allá, en consonancia con los objetivos de uso de plaguicidas y de reducción de riesgos para 2030 anunciados en las Estrategias «De la granja a la mesa» y de biodiversidad y los objetivos asociados de agricultura ecológica. El propósito del estudio era examinar el uso sostenible de los plaguicidas para promover sistemas alimentarios sostenibles y proteger la salud pública y el medio ambiente. Estos objetivos incluyen la reducción del uso y el riesgo de los plaguicidas químicos y más peligrosos en un 50% para 2030.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 (en lo sucesivo, «Acuerdo Marco»), que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada (DO 1999, L 175, p. 43).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1; en lo sucesivo, «Directiva del IVA»), así como del principio de neutralidad fiscal.
[Leer Más]Risk communication and community engagement approaches during the monkeypox outbreak in Europe, 2022
Este documento está dirigido a las autoridades sanitarias que diseñan intervenciones de RCCE en el contexto del actual brote de viruela del mono en Europa. Complementa el «Asesoramiento provisional sobre la comunicación de riesgos y la participación de la comunidad durante el brote de viruela del mono en Europa, 2022» publicado conjuntamente por el ECDC y la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Proporciona ejemplos y enfoques para la RCCE, al tiempo que se basa en la experiencia de brotes anteriores. Estos ejemplos pueden utilizarse para inspirar a los países de la región europea a desarrollar enfoques de participación comunitaria y estrategias de comunicación de riesgos adaptados al contexto nacional, regional y/o local y a los públicos objetivo específicos en su respuesta al brote de viruela del mono en curso.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 6 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), del derecho de libre circulación y de residencia, de los principios de equivalencia, de confianza mutua y de primacía del Derecho de la Unión y de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros (DO 2002, L 190, p. 1), en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009 (DO 2009, L 81, p. 24) (en lo sucesivo, «Decisión Marco 2002/584»).
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, Danske Slagtermestre solicita la anulación del auto del Tribunal General de la Unión Europea de 1 de diciembre de 2020, Danske Slagtermestre/Comisión (T‑486/18, no publicado, en lo sucesivo, «auto recurrido», EU:T:2020:576), mediante el que dicho Tribunal declaró inadmisible su recurso de anulación de la Decisión C(2018) 2259 final de la Comisión, de 19 de abril de 2018, relativa a la ayuda de Estado SA.37433 (2017/FC) — Dinamarca (en lo sucesivo, «Decisión controvertida»), y concluyó, al finalizar la fase previa de examen, que la contribución instaurada por la lov nr. 902/2013 om ændring af lov om betalingsregler for spildevandsforsyningsselskaber m.v. (Betalingsstruktur for vandafledningsbidrag, bemyndigelse til opgørelse af særbidrag for behandling af særlig forurenet spildevand m.v.) [Ley n.º 902/2013, por la que se modifica la Ley que establece la Normativa Relativa a las Contribuciones Adeudadas a los Operadores de Tratamiento de Aguas Residuales (Estructura de las Contribuciones para la Evacuación de las Aguas Residuales, que autoriza el Establecimiento de Contribuciones Especiales por el Tratamiento de Aguas Residuales Especialmente Contaminadas, etc.)] no confiere ninguna ventaja selectiva a determinadas empresas y, en consecuencia, no constituye una ayuda de Estado en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 135 y 137 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1; corrección de errores en DO 2015, L 323, p. 31) (en lo sucesivo, «Directiva del IVA»), así como de los principios de neutralidad fiscal, de efectividad y de proporcionalidad.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3, apartado 1, y del anexo I, capítulo 1, punto 1.2, del Reglamento (CE) n.º 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios (DO 2005, L 338, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2019/229 de la Comisión, de 7 de febrero de 2019 (DO 2019, L 37, p. 106) (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 2073/2005»).
[Leer Más]La Comisión Europea está llevando a cabo una evaluación consecutiva de la Directiva 2009/128/CE sobre el uso sostenible de los plaguicidas (SUD) y una evaluación del impacto de su posible revisión. Este estudio, realizado por Ramboll Management Consulting y Arcadia International, presenta una evaluación analíticamente sólida, en la que se evalúa la Directiva en función de los criterios clave de evaluación: eficacia, eficiencia, pertinencia, coherencia y valor añadido de la UE. Abarca el período comprendido entre 2011 y 2020 en los 27 Estados miembros de la UE más el Reino Unido. Los datos cualitativos y cuantitativos recogidos muestran que la DUE ha contribuido probablemente a reducir el riesgo del uso de plaguicidas para la salud humana y el medio ambiente, aunque no es posible establecer en qué medida la Directiva ha contribuido directamente a reducir el riesgo del uso de plaguicidas. Se ha constatado que los Estados miembros se han esforzado por aplicar las disposiciones de la Directiva, si bien hay disposiciones específicas que carecen de aplicación, como la calidad y el nivel de ambición de los PAN y el escaso control y aplicación de la GIP. Sin embargo, se constató que los objetivos y el concepto de la SUD habían aportado un valor añadido al crear un marco común y armonizado para el uso sostenible de los plaguicidas y aumentar la concienciación.
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