La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 167 y 178 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1), en su versión modificada por la Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010 (DO 2010, L 44, p. 1), y del artículo 14, apartado 1, letra a), de la Directiva 2008/9/CE del Consejo, de 12 de febrero de 2008, por la que se establecen disposiciones de aplicación relativas a la devolución del impuesto sobre el valor añadido, prevista en la Directiva 2006/112/CE, a sujetos pasivos no establecidos en el Estado miembro de devolución, pero establecidos en otro Estado miembro (DO 2008, L 44, p. 23).
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, el Parlamento Europeo solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 20 de septiembre de 2019, UZ/Parlamento, mediante la que este, por una parte, anuló la decisión del Secretario General del Parlamento de 27 de febrero de 2017 por la que se impuso a UZ la sanción disciplinaria de clasificación en un grado inferior, del grado AD 13, escalón 3, al grado AD 12, escalón 3, y la anulación de los puntos de mérito adquiridos en el grado AD 13 y, por otra parte, desestimó el recurso en lo demás.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO 2004, L 166, p. 1; corrección de errores en DO 2004, L 200, p. 1).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 211, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO 2013, L 269, p. 1; corrección de errores en DO 2013, L 287, p. 90) (en lo sucesivo, «código aduanero de la Unión»), y del artículo 294, apartado 2, del Reglamento (CEE) n.º 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n.º 2913/92 del Consejo por el que se aprueba el código aduanero comunitario (DO 1993, L 253, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.º 1602/2000 de la Comisión, de 24 de julio de 2000 (DO 2000, L 188, p. 1)
[Leer Más]La Unión Europea introdujo las misiones como un nuevo instrumento en Horizonte Europa. Se nombraron consejos de misión para elaborar visiones de futuro en cinco áreas: Adaptación al cambio climático, incluida la transformación de la sociedad; Cáncer; Océanos, mares y aguas costeras e interiores saludables; Ciudades climáticamente neutras e inteligentes; Salud del suelo y alimentación.
[Leer Más]Estudio de apoyo a la evaluación del Marco Estratégico de la UE en materia de salud y seguridad en el trabajo 2014-2020 . Tarea 2, Cartografía y análisis de la información específica de cada país.
[Leer Más]La cooperación transfronteriza tiene por objeto abordar los retos comunes identificados conjuntamente por los Estados miembros en las regiones fronterizas y explotar el potencial de crecimiento no aprovechado. Muchas de estas regiones fronterizas obtienen peores resultados económicos que otras regiones del mismo Estado miembro. Constatamos que los programas de cooperación que examinamos tenían estrategias claras para abordar los retos a los que se enfrentan las regiones transfronterizas que cubrían. Sin embargo, las deficiencias en la ejecución y las insuficiencias en la información de seguimiento limitaban la capacidad de los programas para desbloquear el potencial de estas regiones.
[Leer Más]La cooperación transfronteriza tiene por objeto abordar los retos comunes identificados conjuntamente por los Estados miembros en las regiones fronterizas y explotar el potencial de crecimiento no aprovechado. Muchas de estas regiones fronterizas obtienen peores resultados económicos que otras regiones del mismo Estado miembro. Constatamos que los programas de cooperación que examinamos tenían estrategias claras para abordar los retos a los que se enfrentan las regiones transfronterizas que cubrían. Sin embargo, las deficiencias en la ejecución y las insuficiencias en la información de seguimiento limitaban la capacidad de los programas para desbloquear el potencial de estas regiones.
[Leer Más]La «Guía de las estadísticas en la cooperación al desarrollo de la Comisión Europea» ofrece una amplia información sobre las estadísticas en la cooperación al desarrollo, presentando las principales iniciativas internacionales que apoyan a los países en desarrollo en la creación de sistemas estadísticos sostenibles que producen estadísticas de calidad. Esta nueva edición de la Guía está actualizada con información sobre los principales avances, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible y el marco de indicadores de los ODS, el Foro Mundial de Datos de las Naciones Unidas y otras iniciativas importantes.
[Leer Más]El informe analiza los avances de los Estados miembros en la aplicación de las estrategias nacionales y regionales de especialización inteligente (RIS3) en 2017 mediante una evaluación de la evolución de las políticas, los avances en la aplicación de las diferentes estrategias, los mecanismos de seguimiento y los impactos observados. Utilizando datos disponibles públicamente, así como una encuesta de expertos, el análisis muestra que en la mayoría de los países los procesos RIS3 se han llevado a cabo tanto a nivel nacional como regional.
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