La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Decisión 2006/928/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Rumanía para cumplir indicadores concretos en materia de reforma judicial y lucha contra la corrupción (DO 2006, L 354, p. 56), y de los artículos 15, apartado 1, 47 y 49, apartado 3, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 9, apartado 1, y 15 del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000 (DO 2003, L 338, p. 1).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9), y del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»)
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la regla general 2, letra a), de las reglas generales para la interpretación de la nomenclatura combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.º 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (DO 1987, L 256, p. 1), en la versión modificada por el Reglamento (CE) n.º 1549/2006 de la Comisión, de 17 de octubre de 2006 (DO 2006, L 301, p. 1) (en lo sucesivo, «NC»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 125, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea (DO 2017, L 154, p. 1).
[Leer Más]Building a fully integrated internal energy market started in 1996 and finalising the project has become even more urgent because of the energy and cost of living crisis currently facing EU citizens. We assessed whether the Commission’s regulatory approach and the oversight by the EU Agency for the Co-operation of Energy Regulators (ACER) contributed to completing the integration and helping the EU’s internal electricity market to function properly.
[Leer Más]La creación de un mercado interior de la energía plenamente integrado comenzó en 1996. La finalización de este proyecto ha pasado a ser aún más acuciante debido a las crisis energética y del coste de la vida a las que se enfrentan actualmente los ciudadanos de la UE. Analizamos si el planteamiento normativo de la Comisión y la supervisión de la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER) contribuyeron a completar la integración y ayudar a que el mercado interior de la electricidad de la UE funcionara correctamente.
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, HC solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 1 de diciembre de 2021, HC/Comisión (T-804/19, no publicada, EU:T:2021:849) (en lo sucesivo, «sentencia recurrida»), por la que el Tribunal General desestimó su recurso que tenía por objeto, por una parte, la anulación de i) la convocatoria de concurso general EPSO/AD/363/18 – Administradores (AD 7) en los siguientes ámbitos: 1. Aduanas, 2. Fiscalidad (DO 2018 C 368 A, p. 1) («convocatoria de oposición controvertida»), ii) la decisión del tribunal de dicha oposición de no incluir su nombre en la lista de personas convocadas al centro de evaluación, iii) la decisión de dicho tribunal de 21 de marzo de 2019 por la que se desestima su solicitud de revisión («decisión controvertida»), (iv) la decisión de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO), de 20 de agosto de 2019, por la que se desestima su reclamación con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), v) la lista de personas convocadas al centro de evaluación y, en segundo lugar, la reparación del perjuicio que alega haber sufrido.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación, por una parte, de los artículos 3, 14 y 15 de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) (DO 2000, L 178, p. 1), en relación con el artículo 56 TFUE, y, por otra parte, de los artículos 102 TFUE y 106 TFUE.
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