El Reglamento (CE) n.o 1008/2008 se modifica ampliamente.
[Leer Más]En el artículo 21 del Reglamento (UE) 2017/352 se añade el apartado 3.
[Leer Más]El presente Reglamento establece medidas específicas y temporales aplicables a la renovación y ampliación del período de validez de determinados certificados, permisos, licencias y autorizaciones, y al aplazamiento de determinados controles periódicos y formación continua en respuesta a las circunstancias extraordinarias causadas por el brote de COVID‐19 en el ámbito del transporte por carretera, ferroviario y por vías navegables interiores, y en el de la seguridad marítima.
[Leer Más]Se introducen medidas temporales relativa a las juntas generales de las sociedades europeas ya las asambleas generales de las sociedades cooperativas europeas.
[Leer Más]Update no. 116 on the situation of Covid-19 with 236.259 cases diagnosed in Spain through a PCR test, Italy 230.158 cases diagnosed, Germany 180.802 cases diagnosed, UK 266.590 cases diagnosed, France 183.067 cases diagnosed.
[Leer Más]En España, hasta el momento se han notificado un total de 236.259 casos confirmados de COVID.19 por PCR y 27.117 fallecidos. En Europa hasta el día de hoy se han notificado al menos 1.992.636 casos confirmados. Los países con más casos notificados son Rusia (362.342), Reino Unido (266.590), Francia (183.067), Italia (230.158) y Alemania (180.802).
[Leer Más]La solicitud se refiere a la decisión del Tribunal Supremo de declarar inadmisible el recurso de apelación del solicitante sobre cuestiones de derecho por no cumplir el aviso de apelación con los requisitos formales establecidos en la ley. La demandante se quejaba de que el Tribunal Supremo había declarado inadmisible su recurso sobre la base de la aplicación retroactiva de una nueva interpretación de un requisito de procedimiento no previsto en la ley, pero establecido por una decisión del Tribunal Supremo dictada después de la presentación de su recurso, sin que se le hubiera dado la oportunidad de subsanar las posibles deficiencias que pudieran haber surgido como consecuencia de la nueva interpretación. La cuestión principal es si se ha respetado el derecho de acceso de la demandante a un tribunal en virtud del párrafo 1 del artículo 6 del Convenio.
[Leer Más]El caso se refiere a las alegaciones de que la vida del solicitante fue puesta en peligro por el personal médico del servicio de ambulancias y de los hospitales, que se negó a administrarle el tratamiento de insulina a pesar de su precario estado. También se refiere a las denuncias de que el demandante fue privado ilegalmente de su libertad cuando fue llevado contra su voluntad al hospital para ser sometido a pruebas, sin tener en cuenta su estado de salud real.
[Leer Más]El caso se refiere a la suspensión de la acreditación de los periodistas solicitantes ante el Parlamento por haber realizado entrevistas y grabaciones de vídeo con miembros del Parlamento fuera de las zonas designadas. Los solicitantes se quejan de la violación de los artículos 6, 10 y 13 de la Convención.
[Leer Más]Los demandantes alegaron, en particular, que Azerbaiyán había violado el artículo 2 al conceder un indulto presidencial a una persona que había matado al familiar del segundo demandante y había intentado matar al primer demandante y que había sido condenado a cadena perpetua en Hungría. También se quejaron de que se había violado el artículo 14, considerado conjuntamente con el artículo 2 de la Convención, porque el origen étnico armenio de las víctimas había sido la razón principal del asesinato en cuestión y de las diversas acciones posteriores de las autoridades azerbaiyanas, incluido el indulto y la glorificación del autor. Por último, los demandantes se quejaron de que Hungría había violado el artículo 2 de la Convención al acceder a una solicitud de traslado del prisionero sin obtener garantías vinculantes adecuadas en el sentido de que se le exigiría que cumpliera su pena de prisión en Azerbaiyán.
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