La demanda se refiere a la publicación de la fotografía y de los datos personales de la demandante en la prensa durante un período de seis meses después de haber sido acusada de determinados delitos. La demandante se quejaba de que la publicación se había producido a raíz de una orden del fiscal a tal efecto, sin que ella tuviera conocimiento previo de la misma, sin que pudiera impugnar la decisión y sin que se la distinguiera de sus coacusados en cuanto a los delitos de los que había sido acusada, lo que dio a la opinión pública la impresión de que había sido acusada de (formas de) delitos más graves de lo que en realidad era el caso.
[Leer Más]La demanda se refiere a la negativa del Consejo de Jueces y Fiscales («el HSK») a confirmar el nombramiento del demandante, un juez candidato que había completado su formación en el momento pertinente, para un cargo judicial y a la supuesta falta de acceso del demandante a un tribunal en relación con esta decisión. El demandante denuncia una violación de sus derechos en virtud de los artículos 6, 8 y 13 del Convenio.
[Leer Más]El recurso se refiere al homicidio de Arman Yengibaryan («Sr. Yengibaryan») por un agente de policía durante una persecución policial.
[Leer Más]El asunto tiene su origen en una demanda (n.º 19750/13) contra la República Checa presentada ante el Tribunal en virtud del artículo 34 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales («el Convenio») por un ciudadano checo, el Sr. Jan Grosam («el demandante»), el 13 de marzo de 2013.
[Leer Más]El asunto tiene su origen en una demanda (n.º 19750/13) contra la República Checa presentada ante el Tribunal en virtud del artículo 34 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales («el Convenio») por un ciudadano checo, el Sr. Jan Grosam («el demandante»), el 13 de marzo de 2013.
[Leer Más]La demanda se refiere a la supuesta omisión de las autoridades nacionales competentes de proteger a la hija del demandante, A.L., de la violencia doméstica, que culminó con su muerte. La demandante se quejó en virtud de los artículos 2 y 3 del Convenio, tomados por separado y conjuntamente con el artículo 14.
[Leer Más]La demanda se refiere a la supuesta ilegalidad de la detención del demandante a la espera de su extradición debido, entre otras cosas, a su duración injustificada, contraria al artículo 5 § 1 del Convenio, y al incumplimiento por los tribunales nacionales del requisito de «celeridad» previsto en el artículo 5 § 4 del Convenio.
[Leer Más]El asunto se refiere a la denuncia de las sociedades demandantes, con arreglo al artículo 6, apartado 1, del Convenio, de no haber sido oídas con las debidas garantías durante un procedimiento judicial administrativo en el que se confirmaron las decisiones administrativas por las que se les denegaba el permiso para construir un centro de datos. En virtud del artículo 1 del Protocolo nº 1 del Convenio, las sociedades demandantes se quejaron además de haber sufrido pérdidas por no haber recibido la autorización de seguridad para construir el centro de datos.
[Leer Más]El asunto se refiere principalmente a la denuncia de la sociedad demandante, con arreglo al artículo 6, apartado 1, del Convenio, de no haber sido oída con las debidas garantías durante un procedimiento judicial administrativo en el que se confirmó una decisión administrativa por la que se le denegaba el permiso para adquirir una empresa de gestión inmobiliaria comercial.
[Leer Más]El caso se refiere a la supuesta falta de investigación efectiva por parte de las autoridades de las alegaciones de malos tratos del demandante y plantea cuestiones en virtud del artículo 3 del Convenio.
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