• Skip to primary navigation
  • Skip to main content
  • Skip to primary sidebar
  • Skip to footer
  • Español
  • English
  • Bloglovin
  • Correo electrónico
  • Facebook
  • Instagram
  • LinkedIn
  • Twitter
  • YouTube
CDE Almería – Centro de Documentación Europea – Universidad de Almería

CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería

Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería

  • INICIO
  • ACTUALIDAD
    • Boletines CDE
    • NOTICIAS UE
    • ACTIVIDADES
    • CONVOCATORIAS Y PREMIOS UE
    • Programa de radio Europa Contigo
  • DOCUMENTACIÓN
    • FONDO BIBLIOGRÁFICO
      • FONDO DIGITAL CDE ALMERIA
      • BIBLIOTECA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
    • BASES DE DATOS
    • DOCUMENTACIÓN POR TEMAS
    • MEDIATECA UE
      • ESPACIO WEB
      • REPOSITORIO MEDIATECA
  • EUROPA EN LA RED
    • INSTITUCIONES Y AGENCIAS
    • REPRESENTACIÓN DE LA UE EN ESPAÑA
    • RED DE INFORMACIÓN EUROPEA DE ANDALUCIA
    • DIARIOS DE LA UE
  • CONÓCENOS
    • PRESENTACIÓN
    • LAS PERSONAS
    • CONTACTO

Desestimada la petición de Puigdemont y se confirma que pierde la inmunidad parlamentaria

Inicio » Noticias UE » Derecho » Jurisprudencia » Desestimada la petición de Puigdemont y se confirma que pierde la inmunidad parlamentaria

02/08/2021

El 13 de enero y el 10 de febrero de 2020, el Parlamento Europeo recibió unos suplicatorios de suspensión de la inmunidad de D. Carles Puigdemont i Casamajó, D. Antoni Comín i Oliveres y Dña. Clara Ponsatí i Obiols, diputados electos al Parlamento. La finalidad de dichos suplicatorios, presentados por el Presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el marco de un proceso penal por, entre otros, presuntos delitos de sedición, era dar curso a la ejecución de las órdenes de detención europeas emitidas contra los diputados.

Mediante decisiones adoptadas el 9 de marzo de 2021, el Parlamento suspendió la inmunidad de los tres diputados. El 19 de mayo de 2021, estos interpusieron ante el Tribunal General un recurso de anulación contra las citadas decisiones. Aducen que el Parlamento no les ha garantizado la posibilidad de ejercer, en su calidad de diputados, sus derechos fundamentales como representantes de los ciudadanos de la Unión, y que ha vulnerado los derechos que les confieren varios artículos de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

El 26 de mayo de 2021, los diputados presentaron una demanda de medidas provisionales en la que piden al Vicepresidente del Tribunal General que suspenda la ejecución de las mencionadas decisiones. Consideran que las decisiones del Parlamento permiten a cualquier Estado miembro y  al Reino Unido detenerlos o restringir sus desplazamientos y entregarlos a las autoridades españolas. Según los diputados, las decisiones no se oponen a que sean detenidos provisionalmente, tras su posible entrega a las citadas autoridades. Estiman que ello podría causarles un perjuicio grave e irreparable y vulneraría su derecho a desempeñar sus funciones de diputados europeos. Añaden que la eventual anulación de las decisiones del Parlamento no podría ser ejecutada si, en el momento de producirse, ya hubieran sido objeto de dichas entrega y detención.

Mediante auto de 2 de junio de 2021, adoptado sobre la base del artículo 157, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, el Vicepresidente del Tribunal General ordenó que se suspendiera la ejecución de las decisiones del Parlamento hasta que se adoptara el presente auto, que pone fin al procedimiento de medidas provisionales.

Mediante su auto de 30 de julio de 2021, el Vicepresidente del Tribunal General revoca su auto de 2 de junio de 2021 y desestima la demanda de medidas provisionales de los diputados. El Vicepresidente del Tribunal General recuerda que la suspensión de la ejecución puede ordenarse si la parte que la solicita demuestra que su concesión está justificada a primera vista de hecho y de Derecho (fumus boni iuris) y que es urgente, en el sentido de que, para evitarle un perjuicio grave e irreparable, es necesario que la suspensión sea acordada y surta efectos desde antes de que se resuelva sobre el recurso principal. Estos requisitos son acumulativos, de manera que las demandas de medidas provisionales deben desestimarse cuando no concurra alguno de ellos. El juez de medidas provisionales debe hacer, asimismo, en su caso, una ponderación de los intereses en juego.

Más información

Comunicado de prensa – Curia

Publicaciones relacionadas:

Las modificaciones sucesivas de la Ley polaca del Consejo Nacional del Poder Judicial podrían violar el Derecho de la Unión Sentencia TJUE: Alemania superó de manera sistemática y persistente los valores límite para el dióxido de nitrógeno entre 2010 y 2016 Default ThumbnailSentencia del TJUE contra España por incumplir varias de sus obligaciones para proteger Doñana El TJUE da la razón a un agricultor murciano frente al rey de Marruecos por una variedad de mandarina Se condena a España a pagar una suma a tanto alzado de 15 000 000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89 000 euros.

«Este es un espacio para el debate. Se publicarán todos los comentarios que, a favor o en contra de la publicación, sean respetuosos y no contengan expresiones discriminatorias, difamatorias o contrarias a la legislación vigente.»

Reader Interactions

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Primary Sidebar

La justicia europea rechaza de nuevo devolver la inmunidad a Puigdemont

Publicaciones relacionadas

Las modificaciones sucesivas de la Ley polaca del Consejo Nacional del Poder Judicial podrían violar el Derecho de la Unión Sentencia TJUE: Alemania superó de manera sistemática y persistente los valores límite para el dióxido de nitrógeno entre 2010 y 2016 Default ThumbnailSentencia del TJUE contra España por incumplir varias de sus obligaciones para proteger Doñana El TJUE da la razón a un agricultor murciano frente al rey de Marruecos por una variedad de mandarina Se condena a España a pagar una suma a tanto alzado de 15 000 000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89 000 euros.

Footer

Centro de Documentación Europea de Almería
CDE Almería

Edificio Parque Científico-Tecnológico (Pita) Planta: 1ª, Despacho: 29
04120 – Ctra. Sacramento s/n.
Almería (Spain)
Teléfono: (+34) 950 015266

Navegación

  • INICIO
  • ACTUALIDAD
    • Boletines CDE
    • NOTICIAS UE
    • ACTIVIDADES
    • CONVOCATORIAS Y PREMIOS UE
    • Programa de radio Europa Contigo
  • DOCUMENTACIÓN
    • FONDO BIBLIOGRÁFICO
      • FONDO DIGITAL CDE ALMERIA
      • BIBLIOTECA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
    • BASES DE DATOS
    • DOCUMENTACIÓN POR TEMAS
    • MEDIATECA UE
      • ESPACIO WEB
      • REPOSITORIO MEDIATECA
  • EUROPA EN LA RED
    • INSTITUCIONES Y AGENCIAS
    • REPRESENTACIÓN DE LA UE EN ESPAÑA
    • RED DE INFORMACIÓN EUROPEA DE ANDALUCIA
    • DIARIOS DE LA UE
  • CONÓCENOS
    • PRESENTACIÓN
    • LAS PERSONAS
    • CONTACTO

Copyright © 2022 CDE Almería · Aviso Legal · Política de privacidad · Política de Cookies

Licencia de Creative CommonsEste obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional.