CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Cooperación Internacional Universitaria, Digitalización en el Ámbito Educativo, Espacio Europeo de Educación Superior y Patrimonio Cultural Europeo. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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Mediante su recurso de casación, HC solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 1 de diciembre de 2021, HC/Comisión (T-804/19, no publicada, EU:T:2021:849) (en lo sucesivo, «sentencia recurrida»), por la que el Tribunal General desestimó su recurso que tenía por objeto, por una parte, la anulación de i) la convocatoria de concurso general EPSO/AD/363/18 – Administradores (AD 7) en los siguientes ámbitos: 1. Aduanas, 2. Fiscalidad (DO 2018 C 368 A, p. 1) («convocatoria de oposición controvertida»), ii) la decisión del tribunal de dicha oposición de no incluir su nombre en la lista de personas convocadas al centro de evaluación, iii) la decisión de dicho tribunal de 21 de marzo de 2019 por la que se desestima su solicitud de revisión («decisión controvertida»), (iv) la decisión de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO), de 20 de agosto de 2019, por la que se desestima su reclamación con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), v) la lista de personas convocadas al centro de evaluación y, en segundo lugar, la reparación del perjuicio que alega haber sufrido.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación, por una parte, de los artículos 3, 14 y 15 de la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico) (DO 2000, L 178, p. 1), en relación con el artículo 56 TFUE, y, por otra parte, de los artículos 102 TFUE y 106 TFUE.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la obligación de interpretar el Derecho nacional de conformidad con el Derecho de la Unión y la interpretación del artículo 7 de la Directiva 2009/133/CE del Consejo, de 19 de octubre de 2009, relativa al régimen fiscal común aplicable a las fusiones, escisiones, escisiones parciales, aportaciones de activos y canjes de acciones realizados entre sociedades de diferentes Estados miembros y al traslado del domicilio social de una SE o una SCE de un Estado miembro a otro (DO L 310, p. 34).
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