La Comisión Europea ha presentado un ambicioso paquete de propuestas legislativas para reforzar las normas de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El paquete también incluye la propuesta de creación de una nueva Autoridad de la UE para luchar contra el blanqueo de capitales. Este paquete forma parte del compromiso de la Comisión de proteger a los ciudadanos de la UE y al sistema financiero de la UE frente al blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El objetivo de este paquete es mejorar la detección de transacciones y actividades sospechosas y colmar las lagunas utilizadas por los delincuentes para blanquear ingresos ilícitos o financiar actividades terroristas a través del sistema financiero. Como se recuerda en la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad para 2020-2025, la mejora del marco de la UE para la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo también contribuirá a proteger a los europeos del terrorismo y la delincuencia organizada.
Las medidas adoptadas mejoran considerablemente el marco actual de la UE al tener en cuenta los retos nuevos y emergentes relacionados con la innovación tecnológica. Entre ellas figuran las monedas virtuales, una mayor integración de los flujos financieros en el mercado único y el carácter mundial de las organizaciones terroristas. Estas propuestas contribuirán a crear un marco mucho más armonizado para facilitar el cumplimiento por parte de los organismos sujetos a las normas de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, especialmente para aquellos que operan a escala transfronteriza.
El paquete de hoy consta de cuatro propuestas legislativas:
- un Reglamento por el que se crea una nueva Autoridad de la UE en materia de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo
- Un Reglamento sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo que contiene normas directamente aplicables, incluidas las relativas a la debida diligencia con la clientela y la propiedad efectiva;
- Una sexta Directiva sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que sustituye a la actual Directiva (UE) 2015/849 (Cuarta Directiva sobre blanqueo de capitales, modificada por la Quinta Directiva), que contiene disposiciones que se incorporarán a la legislación nacional, como las normas sobre los supervisores nacionales y las unidades de inteligencia financiera de los Estados miembros;
- Una revisión del Reglamento de 2015 relativo a las transferencias de fondos para rastrear las transferencias de criptoactivos [Reglamento (UE) 2015/847].
Terceros países
El blanqueo de capitales es un fenómeno mundial que requiere una estrecha cooperación internacional. La Comisión ya colabora estrechamente con sus socios internacionales para luchar contra la circulación de dinero sucio en todo el mundo. El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo que vigila a escala mundial el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, formula recomendaciones a los países. Los países incluidos en la lista del GAFI también figurarán en la lista de la UE. Habrá dos listas de la UE, una «lista negra» y una «lista gris» que reflejen la lista del GAFI. Tras la inclusión en la lista, la UE aplicará medidas proporcionadas a los riesgos que presente el país. La UE también podrá incluir en una lista a países que no figuren en la lista del GAFI, pero que supongan una amenaza para el sistema financiero de la UE sobre la base de una evaluación autónoma.
La diversidad de las herramientas que pueden utilizar la Comisión y la ALBC permitirá a la UE seguir el ritmo de un entorno internacional complejo y cambiante, con riesgos en rápida evolución.
Próximas medidas
El paquete legislativo será debatido ahora por el Parlamento Europeo y el Consejo. La Comisión espera con interés un proceso legislativo rápido. La futura Autoridad de lucha contra el blanqueo de capitales debería estar operativa en 2024 y comenzar su labor de supervisión directa poco después, una vez transpuesta la Directiva y aplicado el nuevo marco regulador.
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