CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Asuntos Económicos y Financieros, Banca, Brexit, Comercio, Competencia, Competitividad y Pymes, Consumidores, Mercado Interior, Mercado Único Digital, Mercado Común, Trabajo y Empleo. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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El demandante es un preso condenado que es casi ciego. Se quejó de que, en vista de su discapacidad visual, su detención era incompatible con el artículo 3 del Convenio.
[Leer Más]El caso se refiere a la prohibición legal de que los presos preventivos reciban visitas familiares de larga duración, a pesar de que dichas visitas están generalmente autorizadas para los presos condenados.
[Leer Más]El caso se refiere a la negativa de las autoridades nacionales a conceder al demandante una indemnización por un inquilino que había ocupado su piso sin un título legal válido, lo que, según el demandante, equivalía a una injerencia en su derecho al disfrute pacífico de sus posesiones en virtud del artículo 1 del Protocolo nº 1 del Convenio.
[Leer Más]La demanda se refiere a reclamaciones en virtud de los artículos 8 y 14 del Convenio relativas a un procedimiento entre la demandante y su ex pareja, y a un procedimiento contra las decisiones administrativas pertinentes, en relación con la patria potestad de un niño nacido por gestación subrogada.
[Leer Más]La demanda, presentada en virtud de los artículos 6 § 1, 8, 10, 13 y 14 del Convenio y del artículo 1 del Protocolo nº 1 del Convenio, se refiere principalmente a la incautación y destrucción supuestamente ilegales de un manuscrito de un libro escrito por el demandante durante su detención y a la supuesta injusticia del procedimiento civil subsiguiente relativo a una reclamación de daños y perjuicios presentada por el demandante.
[Leer Más]El presente asunto se refiere al enfoque aplicado por las autoridades checas para fijar la indemnización pagada a los demandantes por la expropiación de su propiedad y la proporcionalidad de su importe. El asunto plantea una cuestión en virtud del artículo 1 del Protocolo nº 1.
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