CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Asuntos Económicos y Financieros, Banca, Brexit, Comercio, Competencia, Competitividad y Pymes, Consumidores, Mercado Interior, Mercado Único Digital, Mercado Común, Trabajo y Empleo. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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La economía europea ha perdido impulso este año en un contexto de elevado coste de la vida, atonía de la demanda exterior y endurecimiento monetario. Aunque se espera que la actividad económica se vaya recuperando gradualmente, las previsiones de otoño de la Comisión Europea revisan a la baja el crecimiento del PIB de la UE en comparación con sus previsiones de verano. Se calcula que la inflación ha caído a un mínimo de dos años en la zona del euro en octubre y que seguirá disminuyendo durante el período de previsión.
[Leer Más]El asunto se refiere a las modificaciones legislativas de 2018 («las modificaciones de 2018» o «la reforma de 2018») por las que se aumentó la proporción de asignaturas que deben impartirse en la lengua del Estado, es decir, el letón, en las escuelas privadas y, en consecuencia, se redujo el uso del ruso como lengua de enseñanza. Los demandantes invocan el artículo 8 y el artículo 2 del Protocolo nº 1 del Convenio, considerados aisladamente y en relación con el artículo 14 del Convenio.
[Leer Más]El caso se refiere a la detención supuestamente ilegal de los demandantes, nacionales sudaneses, y a un intento de las autoridades italianas de expulsarlos a su país de origen.
[Leer Más]Por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Contabilidad
[Leer Más]La presente demanda se refiere a la supuesta expulsión de los demandantes, nacionales sudaneses, de Italia a Sudán y al riesgo de que sean sometidos a tratos inhumanos y degradantes en su país de origen, en violación del artículo 3 del Convenio.
[Leer Más]El asunto se refiere al retraso por parte de las autoridades públicas en la tramitación de la solicitud de la madre del demandante de que se inscribiera su nacimiento, solicitud que se presentó varios años después de que naciera el demandante. La falta de certificado de nacimiento también impidió al demandante disponer de un documento nacional de identidad, que no obtuvo hasta los veintiún años. La falta de documentos de identidad tuvo, en opinión del demandante, un impacto en su bienestar psicológico, que violaba su derecho en virtud del artículo 3, en su vida privada y familiar, que violaba su derecho en virtud del artículo 8 § 1 del Convenio, y en su derecho a la educación en virtud del artículo 2 del Protocolo nº 1, ya que se quejaba de que no había podido matricularse en la escuela y obtener diplomas debido a ello.
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