El Consejo ha adoptado un Reglamento relativo a la protección de las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales, con lo que da el último paso del procedimiento decisorio.
Una vez entre en vigor este Reglamento, las indicaciones geográficas de productos industriales vinculados a la zona geográfica de producción (como la cuchillería de Albacete, el cristal de Bohemia o la porcelana de Limoges) gozarán de una protección similar a la de los alimentos o bebidas de producción regional.
La adopción del Reglamento sobre indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales también permitirá a la UE cumplir plenamente sus obligaciones internacionales en virtud del Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. A tal fin, el Consejo también ha adoptado una modificación de la Decisión del Consejo relativa a la adhesión de la Unión Europea al Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa de 2015, para designar a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) como Administración Competente para la administración del Acta de Ginebra en el territorio de la Unión en lo que respecta a las indicaciones geográficas de productos industriales y artesanales.
El Consejo y el Parlamento Europeo acuerdan proteger las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales |
Importancia de las normas sobre indicaciones geográficas
Este Reglamento establecerá una protección de las indicaciones geográficas directamente aplicable a escala de la UE a los productos artesanales e industriales (como las joyas, los productos textiles, el cristal, la porcelana, etc.), complementando la protección existente en la UE para las indicaciones geográficas en el ámbito agrícola. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea desempeñará un papel importante en la aplicación del nuevo sistema de protección, en particular en lo que se refiere a los procedimientos de registro para las indicaciones geográficas artesanales e industriales.
Próximas etapas
Tras haber aprobado el Consejo la posición del Parlamento Europeo sobre este Reglamento, el acto legislativo ha quedado adoptado.
Una vez que, en los próximos días, los presidentes del Parlamento Europeo y del Consejo firmen el Reglamento, este se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los veinte días de su publicación, junto con la Decisión del Consejo adoptada hoy.
Más información: Consejo de la Unión Europea
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