La Comisión se congratula del acuerdo provisional alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo para reformar y reforzar la Directiva sobre eficiencia energética de la UE. Este acuerdo supone un paso más en la realización del paquete «Fit for 55» para poner en marcha el Pacto Verde Europeo y el Plan REPowerEU. Muestra una vez más la determinación de la UE de alcanzar la neutralidad climática en 2050.
Objetivos más ambiciosos con mejores instrumentos
Por primera vez, el principio de la eficiencia energética adquiere fuerza jurídica al exigir claramente a los países de la UE que tengan en cuenta la eficiencia energética en las decisiones políticas, de planificación y de grandes inversiones en el sector energético y en otros sectores.
El acuerdo establece un objetivo de eficiencia energética de la UE del 11,7% para 2030, superando la propuesta original de la Comisión «Fit for 55». Exige a los Estados miembros de la UE que garanticen colectivamente una reducción adicional del consumo de energía final y primaria, en comparación con las previsiones de consumo de energía realizadas en 2020.
Según el acuerdo provisional, la obligación anual de ahorro energético casi se duplica para garantizar un progreso continuo. Los países de la UE tendrán que lograr nuevos ahorros cada año del 1,49%% del consumo final de energía de media, de 2024 a 2030, frente al nivel actual del 0,8%. Tendrán que alcanzar gradualmente el 1,9% a finales de 2030. Se trata de un instrumento importante para impulsar el ahorro de energía en sectores de uso final como los edificios, la industria y el transporte.
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Las normas revisadas también otorgan una mayor responsabilidad al sector público a la hora de aumentar la eficiencia energética. Los organismos públicos tendrán que tener en cuenta sistemáticamente los requisitos de eficiencia energética en su contratación pública de productos, servicios, edificios y obras. Se introduce un nuevo objetivo de reducción anual del consumo de energía del 1,9% para el sector público. La obligación de los países de la UE de renovar cada año al menos el 3% de la superficie total de los edificios propiedad de la administración pública se extiende ahora también a los niveles regional y local.
La Directiva revisada animará a las empresas a ser más eficientes desde el punto de vista energético. En primer lugar, los sistemas de gestión de la energía pasarán a ser una obligación por defecto para los grandes consumidores de energía. Todas las empresas, incluidas las PYME que superen los 85TJ de consumo anual de energía, tendrán que implantar un sistema de gestión energética. De lo contrario, estarán sujetas a una auditoría energética (si su consumo anual supera los 10TJ). También se introduce por primera vez un sistema de información sobre el rendimiento energético de los grandes centros de datos.
Según las normas acordadas, los países de la UE también tendrán que promover planes locales de calefacción y aire acondicionado en los grandes municipios de más de 45.000 habitantes. Además, con la definición revisada de calefacción y refrigeración urbanas eficientes, se modificarán gradualmente los requisitos mínimos para garantizar un suministro de calefacción y refrigeración urbanas totalmente descarbonizado en 2050. El apoyo a nuevas unidades de cogeneración de alta eficiencia que utilicen gas natural y estén conectadas a la calefacción urbana en sistemas urbanos de calefacción y refrigeración eficientes sólo será posible hasta 2030, mientras que quedará prohibido el uso de cualquier otro combustible fósil para nuevas capacidades de generación de calor en dichos sistemas.
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El acuerdo refuerza las disposiciones sobre financiación de la eficiencia energética para facilitar la movilización de inversiones. En virtud de las nuevas disposiciones, los países de la UE deberán promover sistemas de financiación innovadores y productos de préstamo verdes para la eficiencia energética, garantizando su oferta amplia y no discriminatoria por parte de las instituciones financieras. Los países de la UE tendrán que informar sobre el volumen de inversiones en eficiencia energética.
Aliviar la pobreza energética y dar más poder a los consumidores
El acuerdo incluye la primera definición de pobreza energética de la UE. Los Estados miembros tendrán ahora que aplicar prioritariamente medidas de mejora de la eficiencia energética entre las personas afectadas por la pobreza energética, los clientes vulnerables, los hogares con bajos ingresos, las personas afectadas por la pobreza energética y, en su caso, las personas que viven en viviendas sociales. Las normas revisadas se centran más en aliviar la pobreza energética y capacitar a los consumidores, incluida la creación de ventanillas únicas para la asistencia técnica y financiera y mecanismos extrajudiciales para la resolución de litigios.
Más información: Comisión Europea
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