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Pagos instantáneos: El Consejo y el Parlamento llegan a un acuerdo provisional

Inicio » Noticias UE » Mercado » Economía y Finanzas » Pagos instantáneos: El Consejo y el Parlamento llegan a un acuerdo provisional

9 de noviembre de 2023

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político sobre la propuesta relativa a los pagos instantáneos, que mejorará la disponibilidad de opciones de pago instantáneo en euros para los consumidores y las empresas de la UE y de los países del EEE.

Las nuevas normas mejorarán la autonomía estratégica del sector económico y financiero europeo, ya que contribuirán a reducir cualquier dependencia excesiva de instituciones e infraestructuras financieras de terceros países. La mejora de las posibilidades de movilizar flujos de efectivo reportará beneficios a ciudadanos y empresas y permitirá ofrecer servicios innovadores de valor añadido.

Los pagos instantáneos permiten transferir dinero en diez segundos en cualquier momento del día, incluso fuera del horario laboral, no sólo dentro del mismo país sino también a otro Estado miembro de la UE. El acuerdo provisional tiene en cuenta las particularidades de las entidades no pertenecientes a la zona del euro.

Según las normas acordadas provisionalmente, los proveedores de servicios de pago, como los bancos, que ofrecen transferencias estándar en euros, también deberán ofrecer el servicio de envío y recepción de pagos instantáneos en euros. Las comisiones que se apliquen (en su caso) no deberán ser superiores a las que se aplican a las transferencias ordinarias.

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El Consejo y el Parlamento acordaron que las nuevas normas entrarán en vigor tras un periodo de transición que será más rápido en la zona euro y más largo en los países no pertenecientes a ella, que necesitan más tiempo para adaptarse.

Los colegisladores han acordado dar acceso a las entidades de pago y de dinero electrónico (ECIM) a los sistemas de pago, modificando en consecuencia la Directiva sobre la firmeza de la liquidación (DFL). Como resultado, estas entidades estarán cubiertas por la obligación de ofrecer el servicio de envío y recepción de transferencias instantáneas, tras un periodo transitorio. Los colegisladores han añadido las salvaguardias adecuadas para garantizar que el acceso de los PIEMI a los sistemas de pago no conlleve riesgos adicionales para el sistema.

Según las nuevas normas, los proveedores de pagos instantáneos tendrán que comprobar que el IBAN y el nombre del beneficiario coinciden para alertar al ordenante de posibles errores o fraudes antes de que se realice una transacción. Este requisito se aplicará también a las transferencias ordinarias.

El Consejo y el Parlamento incluyeron una cláusula de revisión con el requisito de que la Comisión presente un informe que contenga una evaluación de la evolución de las comisiones por gastos de crédito.

FUENTE: COMUNICADO DE PRENSA – CONSEJO EUROPEO

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