El Consejo ha adoptado formalmente una serie de medidas de pesca actualizadas en la zona de la Comisión de Pesquerías del Atlántico del Nordeste (CPANE).
Este Reglamento incorpora al Derecho de la UE nuevas normas sobre gestión, conservación y control en la zona de la CPANE, así como medidas de control para determinadas especies pelágicas en el Atlántico del Nordeste acordadas durante las consultas con los Estados ribereños.
El texto también reúne en una única normativa todas las medidas de la CPANE actualmente cubiertas por diferentes reglamentos.
Principales elementos de la actualización
Las nuevas medidas para la CPANE incluyen cambios destinados a mejorar el control de las operaciones de transbordo en el mar, así como normas sobre los desechos de los buques y la recuperación de artes perdidos.
De acuerdo con el nuevo Reglamento, se utilizarán tecnologías de cámaras y sensores para supervisar las instalaciones de desembarque y transformación. Esto se aplicará a los desembarques de determinadas especies pelágicas que superen las 10 toneladas cuando se pesen más de 3 000 toneladas de esas poblaciones en un año natural determinado.
Con el objetivo general de mejorar la sostenibilidad de la pesca, se han añadido veintidós especies a la lista de especies para las que se prohíben las capturas de descartes o liberaciones, incluidos el bacalao, el lenguado común y la solla.
Con el fin de proteger los ecosistemas marinos vulnerables, como los corales de aguas profundas y las esponjas, el Reglamento prorroga la prohibición de la pesca de fondo en determinadas zonas hasta finales de 2027.
Además, el Reglamento abarca la aplicación de determinadas medidas de control relacionadas con cuatro pesquerías pelágicas en el Atlántico del Nordeste, a saber, caballa, jurel, bacaladilla y arenque. Estas medidas han sido acordadas por la UE, las Islas Feroe, Groenlandia, Islandia, Noruega y el Reino Unido en consultas con los Estados ribereños.
Contexto
La CPANE es la organización regional de ordenación pesquera responsable de la gestión de los recursos pesqueros cubiertos por el Convenio relativo a la Futura Cooperación Multilateral en las Pesquerías del Atlántico del Nordeste.
Las medidas adoptadas por la CPANE son vinculantes para sus partes contratantes, incluida la UE, salvo en caso de objeciones.
Más información: Consejo de la Unión Europea
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