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CDE Almería – Centro de Documentación Europea – Universidad de Almería

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El Consejo actualiza los derechos de pesca de la UE para 2022 para reflejar el acuerdo con el Reino Unido

Inicio » Noticias UE » Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca » El Consejo actualiza los derechos de pesca de la UE para 2022 para reflejar el acuerdo con el Reino Unido

4 de abril de 2022

El Consejo ha adoptado un Reglamento por el que se actualizan los derechos de pesca de la UE para 2022 con el fin de incorporar el acuerdo alcanzado con el Reino Unido en diciembre de 2021. El Reglamento establece los totales admisibles de capturas (TAC) y cuotas definitivos para los Estados miembros en el océano Atlántico y en el mar del Norte, teniendo en cuenta las poblaciones de peces sujetas a consultas bilaterales.

Los cambios con respecto a los TAC del año anterior se acordaron con el Reino Unido en consonancia con los dictámenes científicos e incluyen:

  • una reducción del 53 % para la faneca noruega en el mar del Norte,
  • una reducción del 62 % para el espadín en el Canal de la Mancha entre el 1 de enero y el 30 de junio,
  • un aumento del 70 % para la solla en las aguas en torno al sur de Irlanda (divisiones 7h, 7j y 7k),
  • un aumento del 92 % para el merlán en las aguas al oeste de Escocia (división 6a),
  • un aumento del 50 % de las capturas accesorias de camarón boreal en el mar del Norte, para evitar una situación de cuota suspensiva.

El Reglamento establece además las posibilidades de pesca para el boquerón en el golfo de Vizcaya. El TAC definitivo de 33 000 toneladas se divide entre España (29 700 toneladas) y Francia (3 300 toneladas). Esta actualización también incluye las posibilidades de pesca de lanzones en el mar del Norte (divisiones 2a, 3 y 4) que se fijaron tras las consultas con el Reino Unido. Sobre la base del dictamen del CIEM, la cuota asignada a la UE para 2022 será de 86 303 toneladas.

Por último, la cuota provisional de la UE de 4 500 toneladas para el bacalao en Spitzbergen (Svalbard) se ha prorrogado hasta finales de abril. Con ello se pretende garantizar la continuidad de la pesca de esta población, a la espera de un acuerdo común con Noruega para todo el año 2022.

Por último, esta modificación del Reglamento sobre las posibilidades de pesca tiene en cuenta los resultados de las consultas realizadas en el marco de determinadas organizaciones regionales de ordenación pesquera, como la Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico (CICAA) y la Comisión del Atún para el Océano Índico (CAOI).

Fisheries dependent information – FDI (STECF-21-12)

Establecimiento de los TAC y cuotas definitivos para 2022

Este Reglamento supone el último paso en el proceso anual para fijar las posibilidades de pesca en aguas de la UE y aguas no pertenecientes a la UE, y es la continuación del acuerdo político sobre TAC y cuotas alcanzado en el Consejo de Agricultura y Pesca del 14 de diciembre de 2021, que se aplicó mediante el Reglamento (UE) 2022/109. Habida cuenta de que las consultas con el Reino Unido no concluyeron hasta el 21 de diciembre, el acuerdo inicial establecía TAC y cuotas provisionales para las poblaciones pertinentes en régimen de gestión compartida. Este Reglamento modifica el Reglamento (UE) 2022/109 para tener en cuenta el acuerdo alcanzado con el Reino Unido.

Contexto

Tras la retirada del Reino Unido de la UE, las poblaciones de peces gestionadas conjuntamente por la UE y el Reino Unido se consideran recursos compartidos con arreglo al Derecho internacional. El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre las dos partes establece las condiciones en las que la UE y el Reino Unido determinan sus respectivos derechos de pesca en el Atlántico y el mar del Norte.

Con arreglo a dicho Acuerdo, ambas partes acuerdan celebrar consultas anuales con objeto de fijar los TAC y las cuotas para el año siguiente. La Comisión preside estas consultas, que tienen en cuenta una serie de factores, como por ejemplo:

  • las obligaciones internacionales,
  • el rendimiento máximo sostenible (RMS) recomendado para cada especie, para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la pesca de conformidad con la política pesquera común,
  • los mejores dictámenes científicos disponibles, con un criterio de precaución cuando no se disponga de tales dictámenes,
  • la necesidad de proteger los medios de subsistencia de las personas que trabajan en el sector pesquero.

El Consejo proporciona orientaciones políticas a la Comisión a lo largo de todo el proceso de consultas y refrenda el acuerdo final.

Consejo de Agricultura y Pesca, 21 de marzo de 2022

Más información: Consejo de Europa

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