El 25 de mayo de 2023, el Consejo adoptó una Decisión por la que se aprueba, en nombre de la UE, la celebración de un Protocolo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) por el que se establece un Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca.
El Acuerdo de la OMC sobre Subvenciones a la Pesca es el primer acuerdo de la OMC que se centra en la sostenibilidad medioambiental, conforme al Objetivo de Desarrollo Sostenible n.º 14.6 de las Naciones Unidas (ODS de las Naciones Unidas). Incluye:
- una prohibición estricta de las subvenciones que contribuyen a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) con unas disposiciones de transparencia inéditas;
- una prohibición absoluta de las subvenciones a la pesca no reglamentada en alta mar;
- una disposición sobre las poblaciones sobreexplotadas que fijará unas normas de sostenibilidad para las subvenciones relativas a las poblaciones más vulnerables en la primera fase del acuerdo.
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Duodécima Conferencia Ministerial de la OMC
En la Duodécima Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada del 12 al 17 de junio de 2022 en Ginebra, se alcanzó un consenso acerca del Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca. La Duodécima Conferencia Ministerial de la OMC adoptó el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se Establece la Organización Mundial del Comercio, mediante la inserción del Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca en el Acuerdo de Marrakech tras el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias. El Protocolo quedó abierto a la aceptación de los miembros de la OMC.
El Acuerdo
El Acuerdo consta de importantes limitaciones a la concesión de subvenciones a la pesca no sostenible, en particular:
- la prohibición de las subvenciones a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada;
- la prohibición de las subvenciones a la pesca fuera de la jurisdicción de un Estado ribereño y fuera de la competencia de una organización o arreglo regional de ordenación pesquera (OROP/AROP) pertinente, para proteger las zonas más vulnerables que carecen de un régimen de ordenación pesquera establecido y coordinado;
- la prohibición de las subvenciones a la pesca en relación con las poblaciones sobreexplotadas, condicionada a las normas de sostenibilidad para restablecer dichas poblaciones a un nivel saludable;
- unas disciplinas relativas a las subvenciones que benefician a los buques que no enarbolan el pabellón del Miembro que concede la subvención;
- unas amplias disposiciones en materia de transparencia y notificación para supervisar la aplicación del Acuerdo.
Contexto
- El 9 de noviembre de 2022, la Comisión presentó al Consejo la propuesta de Decisión del Consejo de referencia.
- El 5 de diciembre de 2022, el Consejo remitió al Parlamento Europeo, para su aprobación, el proyecto de Decisión relativa a la celebración.
- El Parlamento Europeo dio su aprobación a la celebración del Protocolo el 19 de abril de 2023.
Siguientes etapas
El Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca entrará en vigor una vez que dos tercios de los miembros de la OMC hayan concluido sus procesos internos de ratificación. Los miembros de la OMC acordaron asimismo en la 12. ª Conferencia Ministerial proseguir las negociaciones sobre los problemas pendientes, con vistas a formular antes de la 13. ª Conferencia Ministerial recomendaciones de disposiciones adicionales que refuercen aún más las disciplinas del Acuerdo.
La Decisión se tomó sin debate en una sesión del Consejo de Asuntos Exteriores (Comercio).
Fuente: Consejo de la UE
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