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CDE Almería – Centro de Documentación Europea – Universidad de Almería

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Luz verde definitiva a la ley de restauración de la naturaleza

Inicio » Noticias UE » Medio Ambiente » Luz verde definitiva a la ley de restauración de la naturaleza

18 de junio de 2024

Los Ministros de Medio Ambiente de la UE se reunieron en Luxemburgo y alcanzaron una orientación general sobre la directiva de reclamos ecológicos, la directiva de vigilancia del suelo y la directiva revisada marco de residuos. Adoptaron formalmente la ley de restauración de la naturaleza.

Bee foraging a flower

Ley de restauración de la naturaleza

El Consejo ha adoptado formalmente el primer Reglamento de este tipo sobre restauración de la naturaleza. Esta ley tiene por objeto establecer medidas para restaurar al menos el 20% de las zonas terrestres y marinas de la UE de aquí a 2030, y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050.

Establece objetivos y obligaciones específicos y jurídicamente vinculantes para la restauración de la naturaleza en ecosistemas terrestres, marinos, de agua dulce, forestales, agrícolas y urbanos. Entre las medidas específicas figuran la protección de los polinizadores y las mariposas de pradera, la protección de los espacios verdes urbanos y la plantación de al menos tres mil millones de árboles adicionales para 2030 a escala de la UE.

Directiva marco sobre residuos

Los Ministros de Medio Ambiente de la UE han alcanzado una orientación general sobre una propuesta de revisión de la Directiva marco de residuos, centrada específicamente en los sectores textil y alimentario. El objetivo general es reducir el impacto medioambiental y climático asociado a la generación y gestión de residuos textiles y alimentarios. También pretende fomentar la circularidad en el sector textil.

Las nuevas normas introducen sistemas obligatorios y armonizados de responsabilidad ampliada del productor (RAP) para los productores textiles de todos los Estados miembros de la UE. El planteamiento general también establece objetivos jurídicamente vinculantes de reducción de los residuos alimentarios para los Estados miembros, que deberán alcanzarse antes de 2030: un 10% en la transformación y la fabricación, y un 30% (per cápita) en el comercio minorista, los restaurantes, los servicios de alimentación y los hogares.

Reclamos ecológicos

Los Ministros han llegado a una orientación general sobre la propuesta de Directiva relativa a los reclamos ecológicos.

La Directiva tiene por objeto proteger a los consumidores contra el «greenwashing»: establece requisitos mínimos en toda la UE por lo que respecta a la fundamentación, comunicación y verificación de las alegaciones medioambientales explícitas (escritas u orales) y las etiquetas medioambientales.

El objetivo es acelerar la transición ecológica hacia una economía circular y limpia en la UE, contribuyendo así al objetivo general de neutralidad climática de la UE para 2050.

Directiva sobre vigilancia del suelo

Los Ministros de Medio Ambiente de la UE han alcanzado una orientación general sobre la Directiva relativa a la vigilancia y la resistencia del suelo. El objetivo de la Directiva es situar a la UE en la senda de los suelos sanos para 2050.

Para lograr este objetivo ambicioso, la orientación general alcanzada establece medidas para hacer obligatoria la vigilancia de la salud del suelo, proporciona principios rectores para la gestión sostenible del suelo y aborda las situaciones en que la contaminación del suelo plantea riesgos inaceptables para la salud y el medio ambiente.

El Consejo ha alcanzado un acuerdo en torno al Reglamento sobre la restauración de la naturaleza

 

8º programa de acción en materia de medio ambiente

Los Ministros han aprobado unas conclusiones relativas a la revisión intermedia del 8.º Programa de Acción en materia de Medio Ambiente, que allanan el camino hacia una transición ecológica, justa e integradora para una Europa sostenible.

Este conjunto de conclusiones subraya que la aplicación del Pacto Verde Europeo será crucial para alcanzar los objetivos prioritarios de la transición ecológica. Las conclusiones abordan, entre otras cosas, la resiliencia climática y la preparación frente a los riesgos, la mitigación del cambio climático, la protección de la biodiversidad, la contaminación cero y la economía circular.

Los Estados miembros también han destacado la necesidad de la aceptación social y de una transición justa. Este conjunto de conclusiones guiará a la Comisión en la adaptación de las medidas para alcanzar eficazmente los objetivos de 2030.

Objetivo climático para 2040 y gestión del riesgo climático

Los Ministros de Medio Ambiente de la UE también han mantenido un debate político sobre la comunicación de la Comisión relativa al objetivo climático de la UE para 2040.

Los Ministros han cambiado impresiones sobre el objetivo climático para 2040, teniendo en cuenta su contribución a la competitividad de la Unión, garantizando al mismo tiempo una transición justa. También han compartido sus puntos de vista sobre el marco posterior a 2030, incluido el potencial de las medidas del lado de la demanda y la economía circular.

Gestión de los riesgos climáticos

Durante el almuerzo, los Ministros han mantenido un cambio de impresiones sobre la comunicación de la Comisión relativa a la gestión de los riesgos climáticos.

Los Ministros han reconocido que es necesaria una respuesta política sistémica en todos los ámbitos políticos pertinentes. Han expresado sus puntos de vista sobre posibles nuevas formas de cooperación entre los distintos niveles de gobernanza, incluido el de la UE, para hacer frente a los riesgos climáticos. También han compartido con los demás ministros las medidas que han puesto en marcha para integrar la gestión de los riesgos climáticos en su planificación presupuestaria.

Tratado de alta mar

En los puntos no debatidos, el Consejo ha adoptado una decisión para que la UE celebre el Acuerdo en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional (Acuerdo BBNJ), también conocido como «Tratado de Alta Mar».

El acuerdo tiene por objeto la protección de los océanos del mundo y su administración en nombre de las generaciones presentes y futuras en las zonas situadas fuera de las jurisdicciones nacionales. Estas zonas representan aproximadamente dos tercios de la superficie de los océanos y el 95% de su volumen.

Más información: Consejo de Medio Ambiente

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Medio Ambiente,  Noticias UE Consejo,  ley,  Medio Ambiente,  restauración de la naturaleza,  Unión Europea

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