Objetivo
El diseño ecológico y el etiquetado energético de los productos relacionados con la energía gozan de un amplio apoyo por parte de proveedores, minoristas, consumidores y ciudadanos, pero el incumplimiento de los requisitos es una preocupación significativa y creciente (por ejemplo, más del 70% de los productos no cumplen los requisitos de información). La falta de concienciación, conocimiento o comprensión detallada de las disposiciones legislativas por parte de los operadores económicos es una de las principales causas más probables que la mala voluntad. El objetivo de esta acción es aumentar la visibilidad para las empresas de los recursos disponibles para ayudarles a cumplir a través de una mayor divulgación y la participación proactiva de las partes interesadas correspondientes.
Alcance
Para ello, la(s) acción(es) propuesta(s) debe(n) establecer un servicio que combine la asistencia reactiva y proactiva a los operadores económicos mediante información específica y oportuna para aumentar su concienciación, conocimiento y comprensión de la normativa en cuestión. La naturaleza precisa de la acción se deja a la elección de las personas que proponen el proyecto, aunque también debería prestarse atención a llegar a los pequeños y medianos proveedores y minoristas (por ejemplo, los que no participan en asociaciones comerciales y/o están situados en zonas remotas), en relación, por ejemplo, con los cambios normativos relativos a las etiquetas energéticas nuevas o modificadas. Las acciones deberían abarcar al menos lo siguiente y tener un carácter tanto reactivo como proactivo:
- Aumentar la capacidad de los fabricantes y, en particular, de los minoristas sobre el futuro reescalado, las nuevas etiquetas u otros temas importantes mediante campañas de comunicación y formación específicas y oportunas, teniendo en cuenta y, cuando sea posible, aprovechando la experiencia de proyectos anteriores relacionados con H2020.
- Utilizar o adaptar las orientaciones técnicas y el material de promoción existentes o crear otros nuevos, según proceda. El servicio no debe inventar ni asumir la responsabilidad de las interpretaciones u otras orientaciones, sino ayudar a los usuarios a encontrar lo que existe (y remitir a las autoridades nacionales competentes, incluidas las autoridades de vigilancia del mercado o la Comisión en las cuestiones en las que no existan respuestas u orientaciones).
- Difundir el conocimiento acerca de las orientaciones/recursos disponibles a través de los canales apropiados (sitios web, correos electrónicos, seminarios web, participación en conferencias, ferias sectoriales, envíos por correo, asociaciones industriales, redes especializadas, etc.), incluido el EPREL, con el fin de sensibilizar a los minoristas sobre su existencia y estimular su papel potencial como multiplicadores.
- Crear un servicio de asistencia telefónica para responder a las preguntas de los agentes económicos (que a menudo son demasiado específicas para ser tratadas eficazmente por el servicio Europe Direct de la Comisión). Las preguntas para las que aún no existen respuestas autorizadas o claras pueden ser simplemente reconocidas como tales y remitidas a las autoridades.
Para garantizar que la información proporcionada sea adecuada, los beneficiarios se pondrán en contacto de forma proactiva con la Comisión o las autoridades nacionales competentes, incluidas las autoridades nacionales de vigilancia del mercado, cuando proceda.
Deberán participar todas las partes interesadas pertinentes (por ejemplo, organizaciones a nivel europeo y nacional) necesarias para el éxito de la aplicación de la acción, incluyendo al menos
- Organizaciones europeas que representen a los agentes económicos pertinentes de los distintos sectores (por ejemplo, asociaciones de proveedores, asociaciones de minoristas), con un mínimo de 5 socios que abarquen conjuntamente, a través de su pertenencia, al menos 2/3 de los Estados miembros de la UE.
- Organizaciones europeas que representen a los agentes pertinentes del sector público o sin ánimo de lucro, con un mínimo de 2 socios que representen a las organizaciones de consumidores, de ONG medioambientales o de autoridades de vigilancia del mercado, y que abarquen conjuntamente, a través de su afiliación, al menos 2/3 de los Estados miembros de la UE.
Plazo
16 de noviembre de 2022
Más información: Funding and Tenders
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