Fiscalía Europea
La Fiscalía Europea será un Ministerio Fiscal europeo independiente encargado de investigar los delitos que perjudiquen a los intereses financieros de la UE, así como de ejercer la acción penal y solicitar la apertura de juicio contra sus autores y los cómplices de estos. El Reglamento (UE) 2017/1939 sobre la Fiscalía Europea entró en vigor el 20 de noviembre de 2017. De conformidad con el artículo 120 de dicho Reglamento, la Fiscalía Europea asumirá sus funciones tras una decisión de la Comisión, una vez se haya establecido, pero nunca antes de tres años después de la fecha de entrada en vigor del Reglamento sobre la Fiscalía Europea.
El período entre la entrada en vigor del Reglamento sobre la Fiscalía Europea y la fecha en la que la Fiscalía Europea asuma sus funciones se dedicará a la creación del nuevo órgano del UE. En consonancia con el artículo 20 del Reglamento sobre la Fiscalía Europea, la Comisión se encargará del establecimiento y el funcionamiento administrativo inicial de la Fiscalía Europea hasta que esta tenga capacidad para ejecutar su propio presupuesto.
De conformidad con el artículo 14, apartado 1, del Reglamento sobre la Fiscalía Europea, el Fiscal General Europeo será nombrado por un mandato no renovable de siete años.
Criterios de admisión
Para ser admitidos a la fase de selección, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos mínimos en el plazo para la presentación de las candidaturas:
Nacionalidad: ser ciudadano de alguno de los Estados miembros de la UE que participan en la cooperación reforzada en virtud del Reglamento sobre la Fiscalía Europea.
Experiencia profesional: ser miembro activo del Ministerio público o del poder judicial y reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones del Ministerio público o del poder judicial en sus respectivos Estados miembros, ofrecer absolutas garantías de independencia y tener una experiencia práctica pertinente en lo que atañe a los sistemas jurídicos nacionales, las investigaciones financieras y la cooperación judicial internacional en materia penal, ya sea a nivel nacional, europeo o internacional.
Lenguas: los candidatos deberán poseer un conocimiento profundo de una de las lenguas de la Unión y un conocimiento satisfactorio de otra lengua de la Unión, como exige el artículo 12, apartado 2, letra e), del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.
Edad: según el artículo 14 del Reglamento sobre la Fiscalía Europea, el Fiscal General Europeo será nombrado por un mandato no renovable de siete años. También son de aplicación el artículo 47, letra a), del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea y el artículo 52 del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea. Esto significa que el Fiscal General Europeo debe poder cumplir su mandato de siete años y jubilarse, como máximo, a los 70 años de edad, en el entendimiento de que si es necesaria una prórroga después de los 66 años, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos competente la concederá automáticamente. Por consiguiente, los candidatos no deben ser mayores de 63 años en el momento del nombramiento, que se espera surta efectos el 1 de marzo de 2019.
Además, los candidatos deben haber cumplido todas las obligaciones impuestas por la legislación en materia de servicio militar, ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones y ser físicamente aptos para llevar a cabo sus funciones.
El candidato seleccionado deberá poseer, o estar en condiciones de obtener, un certificado válido de habilitación de seguridad para el nivel EU Secret expedido por su autoridad nacional de seguridad.
Una habilitación personal de seguridad es una decisión administrativa al término de un cribado de seguridad realizado por la autoridad nacional de seguridad competente, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias nacionales de seguridad aplicables, por la que se certifica que el interesado puede ser autorizado a acceder a información clasificada hasta un nivel determinado. Obsérvese que el procedimiento necesario para la obtención de una habilitación de seguridad solo puede iniciarse a petición del empleador, no del candidato.
El nombramiento para el puesto solo tendrá efecto si el candidato seleccionado ha obtenido un certificado válido de habilitación de seguridad.
Plazo
La fecha límite de inscripción es el 14 de diciembre de 2018 a las 12.00 horas
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