El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre una propuesta de Directiva para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas.
Si el acuerdo alcanzado es confirmado por las dos instituciones antes de someterse al procedimiento formal de adopción, ayudará a millones de estos trabajadores a acceder a los derechos laborales.
La Directiva introduce dos mejoras fundamentales: ayuda a determinar la situación laboral correcta de las personas que trabajan para plataformas digitales y establece las primeras normas de la UE sobre el uso de sistemas algorítmicos en el lugar de trabajo.
Clasificación correcta de los trabajadores autónomos
En la actualidad, la mayoría de los 28 millones de trabajadores de plataformas de la UE, incluidos taxistas, trabajadores domésticos y conductores de reparto de alimentos, son formalmente autónomos. Sin embargo, algunos de ellos tienen que respetar muchas de las normas y restricciones que tienen los trabajadores por cuenta ajena. Esto indica que, de hecho, se encuentran en una relación laboral y, por tanto, deben disfrutar de los derechos laborales conferidos a los trabajadores por cuenta ajena en virtud de la legislación nacional y de la UE.
El acuerdo provisional alcanzado con el Parlamento aborda estos casos de clasificación errónea y facilita la reclasificación de estos trabajadores como empleados. Con arreglo al acuerdo, se presumirá jurídicamente que los trabajadores son empleados de una plataforma digital (frente a los trabajadores por cuenta propia) si su relación con la plataforma cumple al menos dos de los cinco indicadores establecidos en la Directiva. Estos indicadores comprenden:
- límites máximos de la cantidad de dinero que pueden recibir los trabajadores;
- supervisión de la ejecución de su trabajo, también por medios electrónicos;
- control de la distribución o la asignación de tareas;
- control de las condiciones de trabajo y restricciones en la elección del horario de trabajo;
- restricciones a su libertad para organizar su trabajo y normas sobre su apariencia o conducta.
De acuerdo con el texto acordado, los Estados miembros podrán añadir más indicadores a esta lista en el marco del Derecho nacional.
En los casos en que se aplique la presunción legal, corresponderá a la plataforma digital demostrar que no existe ninguna relación laboral con arreglo a la legislación y la práctica nacionales.
Europa mejora las condiciones laborales en las plataformas digitales |
Un uso más transparente de los algoritmos
Las plataformas digitales de trabajo utilizan periódicamente algoritmos para la gestión de los recursos humanos. Como consecuencia de ello, los trabajadores de plataformas se enfrentan a menudo a una falta de transparencia sobre cómo se toman las decisiones y cómo se utilizan los datos personales.
El acuerdo alcanzado con el Parlamento garantiza que los trabajadores estén informados sobre el uso de sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones. También impide que las plataformas digitales de trabajo traten determinados tipos de datos personales mediante sistemas automatizados de supervisión o toma de decisiones. Entre estos datos se incluirán:
- datos personales sobre el estado emocional o psicológico de los trabajadores de plataformas;
- datos relacionados con conversaciones privadas;
- datos para predecir la actividad sindical real o potencial;
- datos utilizados para inferir el origen racial o étnico, la situación migratoria, las opiniones políticas, las creencias religiosas o el estado de salud de los trabajadores;
- datos biométricos, distintos de los utilizados para la autenticación.
Con arreglo a las nuevas normas, estos sistemas tendrán que ser supervisados por personal cualificado, que gozará de una protección especial frente a un trato desfavorable. También se garantiza la supervisión humana de decisiones importantes como la suspensión de cuentas.
Próximas etapas
El acuerdo provisional deberá ahora ser refrendado por el Consejo y el Parlamento. A continuación, será adoptado formalmente por las dos instituciones tras la formalización jurídico-lingüística del texto. Una vez finalizadas las etapas formales de la adopción, los Estados miembros dispondrán de dos años para incorporar las disposiciones de la Directiva a su legislación nacional.
Más información: Consejo de la Unión Europea
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