• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página
  • Bluesky
  • Facebook
  • Instagram
  • Twitter
  • YouTube
CDE Almería – Centro de Documentación Europea – Universidad de Almería

CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería

Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería

  • Inicio
  • ACTUALIDAD
    • NOTICIAS UE
    • ACTIVIDADES
    • CONVOCATORIAS Y PREMIOS UE
    • Programa de radio Europa Contigo
  • DOCUMENTACIÓN
    • BIBLIOTECA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
    • BASES DE DATOS
    • MEDIATECA UE
      • YOUTUBE CDE
      • REPOSITORIO MEDIATECA
    • EUROEXPERTOS
  • EUROPA EN LA RED
    • INSTITUCIONES Y AGENCIAS
    • REPRESENTACIÓN DE LA UE EN ESPAÑA
    • RED DE INFORMACIÓN EUROPEA DE ANDALUCIA
      • Personaje Europeo del Mes
  • CONÓCENOS
    • PRESENTACIÓN
    • Servicios
    • LAS PERSONAS
    • VOLUNTARI@S del CDE de la UAL
    • CONTACTO
  • Español
  • Inglés

El Consejo Europeo de Protección de Datos pide una modificacion de WhatsApp

Inicio » Noticias UE » Derecho » El Consejo Europeo de Protección de Datos pide una modificacion de WhatsApp

10 de septiembre de 2021

El 28 de julio, el Consejo Europeo de Protección de Datos (EDPB) adoptó una decisión de resolución de conflictos sobre la base del Art. 65 DEL RGPD. Esta decisión vinculante pretende resolver el litigio surgido a raíz de un proyecto de decisión emitido por la Autoridad de Supervisión Principal (ASL) de Irlanda (IE) en relación con WhatsApp Ireland Ltd. (WhatsApp IE) y las posteriores objeciones expresadas por varias autoridades de supervisión afectadas (ASL). (WhatsApp IE) y las subsiguientes objeciones expresadas por una serie de autoridades de control interesadas (ASC).

De conformidad con el RGPD, la decisión vinculante del EDPB se ha publicado ahora, tras la notificación de la decisión final de la IE SA a la empresa.

Tras su evaluación, el EDPB opinó que la IE SA debía modificar su proyecto de decisión en lo que respecta a las infracciones de transparencia, el cálculo de la multa y el plazo de la orden de cumplimiento.

En lo que respecta a la transparencia, el proyecto de decisión de la EI SA ya identificaba una grave infracción del art. 12-13-14 DEL GDPR. El EDPB detectó otras deficiencias en la información facilitada, que afectaban a la capacidad de los usuarios para comprender los intereses legítimos que se perseguían. Por lo tanto, el EDPB solicitó a la AE de IE que incluyera una conclusión de infracción del art. 13(1)(d) del GDPR en su decisión.

Además, el EDPB aclaró que, aunque no todas las infracciones de los artículos 12-14 del RGPD implica necesariamente una infracción del art. 5 (1) (a) GDPR, en este caso particular, a la luz de la gravedad y la naturaleza e impacto global de las infracciones, se ha producido una infracción del principio de transparencia consagrado en el Art. 5(1)(a) del GDPR.

Por lo que respecta a la recogida de datos de terceros por parte de WhatsApp IE -cuando los usuarios deciden utilizar la función de contacto-, la EDPB consideró que, en el presente caso, el procedimiento utilizado por WhatsApp IE no conduce a la anonimización de los datos personales recogidos.

Por lo que respecta a la multa impuesta y al cálculo de la misma, la EDPB decidió que el volumen de negocios de una empresa no es exclusivamente relevante para la determinación del importe máximo de la multa de conformidad con el art. 83(4)-(6) del RGPD, sino que también puede tenerse en cuenta para el cálculo de la propia multa, cuando proceda, para garantizar que la multa sea efectiva, proporcionada y disuasoria de conformidad con el artículo 83(1) del RGPD. 83(1) DEL GDPR. En este caso, la OEDT consideró que el volumen de negocios consolidado de la empresa matriz (Facebook Inc.) debe incluirse en el cálculo del volumen de negocios.

Más información

Comunicado de prensa – Consejo Europeo de protección de datos

Publicaciones relacionadas:

Se condena a España a pagar una suma a tanto alzado de 15 000 000 de euros y una multa coercitiva diaria de 89 000 euros. Las modificaciones sucesivas de la Ley polaca del Consejo Nacional del Poder Judicial podrían violar el Derecho de la Unión Los derechos de las mujeres en la UE Construir un futuro resiliente con respecto al clima – Nueva Estrategia de la UE sobre adaptación al cambio climático Sentencia contra el fútbol español por presunto régimen de ayudas fiscales

Derecho,  Noticias UE Irlanda,  Protección de datos,  whatsapp

«Este es un espacio para el debate. Se publicarán todos los comentarios que, a favor o en contra de la publicación, sean respetuosos y no contengan expresiones discriminatorias, difamatorias o contrarias a la legislación vigente.»

Interacciones con los lectores

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Barra lateral principal

Footer

  • CDE Almería
  • Biblioteca Nicolás Salmerón – Universidad de Almería
  • Planta: 1ª, Despacho: 1.05.0B.
  • Ctra. Sacramento s/n. Almería (Spain)
  • Teléfono: (+34) 950 015266
  • INICIO
  • NOTICIAS
  • DOCUMENTACION
  • EUROPA EN LA RED
  • CONÓCENOS
  • AVISO LEGAL
  • POLÍTICA DE PRIVACIDAD
  • POLÍTICA DE COOKIES
  • ACCESIBILIDAD
  • MAPA DE SITIO

Copyright © 2026 CDE Almería · Licencia de Creative CommonsEste obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial 4.0 Internacional.

Utilizamos cookies para ofrecerte la mejor experiencia en nuestra web.

Puedes aprender más sobre qué cookies utilizamos o desactivarlas en los .

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies estrictamente necesarias

Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.

Cookies de terceros

Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.

Política de cookies

Más información sobre nuestra política de cookies