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El Consejo de la UE aprueba normas reforzadas sobre concesión de preferencias comerciales a los países en desarrollo

Inicio » Noticias UE » Mercado » El Consejo de la UE aprueba normas reforzadas sobre concesión de preferencias comerciales a los países en desarrollo

22 de diciembre de 2022

Los representantes permanentes de los Estados miembros de la UE han aprobado el mandato del Consejo para la revisión del Reglamento por el que se aplica un Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) que concede preferencias comerciales a los países en desarrollo.

El nuevo marco mantiene las principales características del sistema actual, pero incluye algunas mejoras, como vínculos reforzados en materia de respeto de los derechos humanos y del medio ambiente y un mejor seguimiento y transparencia del sistema. Habrá también un nuevo vínculo entre las preferencias comerciales concedidas a los países beneficiarios y la cooperación de estos en materia de migración y de readmisión de los nacionales propios que se encuentren en situación irregular en la UE.

El actual marco del Sistema de Preferencias Generalizadas

El SPG de la UE, en vigor desde 1971, es un instrumento unilateral de la política comercial y de desarrollo utilizado para eliminar o reducir los derechos de importación de las mercancías que se exportan desde los países en desarrollo. La reducción de los aranceles facilita el acceso al mercado de la UE y aumenta las exportaciones a la Unión, lo que contribuye al crecimiento económico y a la creación de empleo en los países beneficiarios.

El SPG de la UE apoya el desarrollo sostenible, ya que las preferencias arancelarias están condicionadas al respeto de los derechos humanos, los derechos laborales, la protección del medio ambiente y la buena gobernanza.

La UE ofrece tres regímenes de SPG, que abarcan un total de 67 países:

– SPG estándar para países de renta baja y media-baja, a los que se concede una supresión total o parcial de los derechos de aduana en dos tercios de las líneas arancelarias de la UE;

– SPG+, el régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la gobernanza, que reduce los aranceles al 0 % para las mismas líneas arancelarias que el SPG estándar y que se concede a los mismos países que el SPG estándar que se comprometan a aplicar criterios de sostenibilidad adicionales (régimen concedido previa solicitud);

– TMA (Todo menos armas), para los países menos adelantados, que se benefician de un acceso al mercado de la UE sin derechos de aduana (derechos del 0 %) ni contingentes arancelarios para todos los productos excepto las armas y municiones.

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Mejoras del nuevo marco

El objetivo de la nueva legislación es seguir trabajando por la erradicación de la pobreza y apoyar el desarrollo sostenible y la buena gobernanza, sin poner en peligro los intereses de la UE. Si bien se mantiene la división en tres partes —Todo menos armas, SPG estándar y SPG+—, la Comisión propuso algunas mejoras que fueron aceptadas por el Consejo para aumentar la eficiencia y eficacia del nuevo marco:

  • se amplía la condicionalidad negativa para evitar que ningún beneficiario cometa violaciones graves y sistemáticas de los acuerdos en materia de medio ambiente y de buena gobernanza, además de los acuerdos principales sobre derechos humanos y laborales;
  • se facilitan las modalidades de acceso al régimen SPG+ al creciente número de países menos adelantados que dejan de acogerse al TMA del SPG;
  • se establecen disposiciones transitorias para los actuales beneficiarios del SPG+, que tendrán que volver a presentar una solicitud para cumplir los nuevos requisitos del SPG+, como la ratificación de acuerdos adicionales, y se añade el requisito de que los países que soliciten el estatus SPG+ presenten un plan de acción que demuestre que han aplicado de manera efectiva los acuerdos pertinentes;
  • se amplía de dos a tres años el periodo de presentación de informes sobre el SPG, con el fin de adaptarlo a los informes de seguimiento de los organismos y organizaciones internacionales de las Naciones Unidas;
  • se añaden a la lista nuevos acuerdos internacionales;
  • se hace más rápido y adecuado el proceso de retirada de preferencias en casos de violaciones excepcionalmente graves;
  • se tomará en consideración por parte de la Comisión, al proponer una retirada temporal de las preferencias del SPG, el impacto socioeconómico de dicha retirada en el país beneficiario del SPG;
  • se introduce un criterio de retirada relacionado con la readmisión de los nacionales propios por parte de los países beneficiarios;
  • se modifica el método de cálculo de los umbrales de salvaguardia de tal manera que se utilicen valores de importación (en lugar de volúmenes), con el fin de ajustarlo al método de cálculo utilizado para el umbral de graduación;
  • se introduce un proceso específico para garantizar que la acumulación de normas de origen responde a las necesidades de desarrollo, de financiación y comerciales del país solicitante;
  • se ajustan los umbrales de graduación de los productos (es decir, la suspensión temporal de las preferencias arancelarias para los productos altamente competitivos) para el SPG estándar, para centrar mejor las preferencias en los productos menos competitivos y crear más oportunidades para otros beneficiarios del SPG, en particular los países menos adelantados;
  • se mejora el seguimiento y la aplicación de los compromisos del SPG+; por ejemplo mediante una mayor transparencia y participación de las partes interesadas pertinentes, en particular a través del mecanismo de ventanilla única para las reclamaciones en materia de incumplimiento, creado recientemente;

Además, el Consejo ha introducido una serie de mejoras en la propuesta de la Comisión:

  • un procedimiento de compromiso reforzado entre la UE y los países beneficiarios para abordar cualquier problema de forma constructiva;
  • un sistema mejorado para la aplicación del procedimiento de salvaguardias generales cuando sea necesario;
  • un mecanismo especial de vigilancia más estricto para las importaciones a la UE de productos agrícolas procedentes de los beneficiarios del SPG, que podría, en caso necesario, conducir a la retirada de las preferencias arancelarias;
  • una mayor transparencia del procedimiento para los países beneficiarios, creación de un diálogo estructurado con la sociedad civil y mejor comunicación entre la Comisión y el Consejo;

1st European civil society forum on trade and sustainable development Report

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Consejo Europeo

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