Los representantes permanentes ante la UE han aprobado hoy un mandato de negociación con el Parlamento Europeo sobre la propuesta de certificado verde digital. Este certificado facilitará una circulación segura y libre durante la pandemia de COVID-19 al acreditar que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, dispone de un resultado de prueba negativo o se ha recuperado de la COVID-19.
El marco jurídico del certificado verde digital consta de dos propuestas legislativas. La primera se refiere a los ciudadanos de la UE y a los miembros de sus familias y la segunda a los nacionales de terceros países que que residan o se encuentren legalmente en el territorio de un Estado miembro.
De acuerdo con estas propuestas, será posible utilizar el certificado en todos los Estados miembros de la UE. También se introducirá en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. El certificado verde digital también estará abierto a iniciativas que se desarrollen a escala mundial.
Estas son las principales modificaciones introducidas en los textos legislativos por el Consejo:
- una referencia al hecho de que un certificado verde digital no es una condición previa para el ejercicio de los derechos de libre circulación y no es un documento de viaje, con el fin de subrayar el principio de no discriminación, en particular respecto de personas no vacunadas
- un nuevo artículo sobre la dimensión internacional del certificado verde digital, que aclara el tratamiento que debe darse a los certificados expedidos a los ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias, así como a los nacionales de terceros países que residan legalmente o se encuentren legalmente en la UE, y hayan sido vacunados en terceros países
- se han reforzado las disposiciones en materia de protección de datos en todo el texto del Reglamento principal, en particular sobre la base del dictamen conjunto del Supervisor Europeo de Protección de Datos y del Comité Europeo de Protección de Datos.
- el texto incluye ahora una disposición transitoria para garantizar que los Estados miembros puedan seguir utilizando los sistemas que existen actualmente durante un breve período de seis semanas después de la entrada en vigor del Reglamento principal y hasta que el marco del certificado verde digital esté plenamente operativo en su territorio.
- el texto del proyecto de Reglamento contiene una disposición que permite a Irlanda y a los demás Estados miembros aceptar mutuamente los certificados expedidos a nacionales de terceros países basados en la reciprocidad.
Antecedentes
El 17 de marzo de 2021, la Comisión Europea presentó dos propuestas de Reglamento, sujetas al procedimiento legislativo ordinario, para crear un certificado verde digital y facilitar la libre circulación segura de ciudadanos dentro de la UE durante la pandemia de COVID-19.
El 19 de marzo de 2021, los representantes permanentes ante la UE aprobaron la creación y el mandato del Grupo ad hoc para acelerar, con carácter prioritario, la negociación de las propuestas de referencia.
Tras varias reuniones del grupo de trabajo, los embajadores de la UE han acordado ahora una posición común para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo.
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