El Consejo ha dado su aprobación definitiva a un nuevo Código de Fronteras Schengen, el conjunto de normas de la UE sobre la gestión de las fronteras interiores y exteriores y por el que se rige el control fronterizo de las personas que cruzan las fronteras exteriores de la UE. Esta reforma es fundamental para hacer más resiliente el espacio Schengen frente a crisis actuales y futuras en sus fronteras exteriores. Gracias a ella, las personas que viven y viajan en la UE podrán disfrutar plenamente de las ventajas de viajar sin fronteras.
El Reglamento introduce la posibilidad de adoptar medidas en el ámbito de la UE que restrinjan el acceso de nacionales de terceros países a la UE en caso de emergencia de salud pública a gran escala. También establece un procedimiento de traslado que ayudará a hacer frente a los desplazamientos secundarios de migrantes (de un Estado miembro a otro) y ofrece soluciones a las situaciones de instrumentalización de la migración. Se han clarificado las normas sobre el restablecimiento de los controles fronterizos, de modo que se garantice que sigan siendo una medida de último recurso.
Annelies Verlinden, ministra del Interior, Reformas Institucionales y Renovación Democrática de Bélgica, declaró: «Viajar por el espacio Schengen sin controles fronterizos es uno de los principales logros de la UE. Con la votación de hoy hemos dotado a los Estados miembros de herramientas que les permiten mantener los viajes sin fronteras dentro del espacio Schengen, al mismo tiempo que se protegen las fronteras exteriores y se da respuesta a la migración irregular y a los riesgos para la salud pública.»
Principales elementos
En caso de emergencia de salud pública a gran escala, las nuevas normas ofrecen la posibilidad de establecer restricciones temporales de viaje armonizadas en las fronteras exteriores de la UE, previa decisión del Consejo. Durante la pandemia de COVID-19, la UE solo tenía potestad para formular recomendaciones no vinculantes a los Estados miembros sobre restricciones de viaje. Además de las restricciones de viaje, el Consejo también puede imponer pruebas, cuarentena, autoaislamiento y otras medidas sanitarias a los ciudadanos de terceros países que entren en la UE.
Con el fin de combatir la instrumentalización de la migración, el Código de Fronteras Schengen modificado brindará a los Estados miembros la posibilidad de limitar el número de pasos fronterizos o reducir sus horarios de apertura y permitirá mejorar las medidas de vigilancia de fronteras.
El Código de Fronteras Schengen revisado aclara el marco vigente para el restablecimiento y la prórroga de los controles en las fronteras interiores, que serán posibles cuando exista una amenaza grave para el orden público o la seguridad interior. Los Estados miembros tendrán que evaluar la necesidad y proporcionalidad de esta decisión y analizar si los objetivos perseguidos no pueden alcanzarse por otros medios.
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Asimismo, el Reglamento revisado establece la duración máxima durante la cual pueden mantenerse estos controles en las fronteras interiores. Los controles en las fronteras interiores que hayan sido notificados a la Comisión, a los Estados miembros y al Parlamento Europeo antes de su restablecimiento podrán permanecer en vigor durante un periodo máximo de dos años. En situaciones excepcionales de gran repercusión, los controles en las fronteras interiores podrán prorrogarse por un periodo adicional de seis meses, renovable una vez por un total de un año.
La posibilidad de utilizar medidas alternativas, que suelen consistir en controles policiales y cooperación transfronteriza, debe animar a los Estados miembros a limitar sustancialmente el restablecimiento de controles fronterizos temporales. Estas medidas han de distinguirse claramente de los controles sistémicos realizados a las personas en las fronteras exteriores.
Además, se ha introducido un nuevo procedimiento que permitirá a un Estado miembro trasladar a los nacionales de terceros países que se encuentren en situación irregular en su territorio y hayan sido detenidos en la zona fronteriza al Estado miembro del que hayan llegado directamente. La detención debe tener lugar en el contexto de un marco de cooperación bilateral.
Siguientes etapas
El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y es directamente aplicable en todos los países de la UE.
Contexto
La propuesta fue presentada por la Comisión Europea el 14 de diciembre de 2021. La Presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo (ponente: Sylvia Guillaume) alcanzaron un acuerdo provisional sobre el acto definitivo el 6 de febrero de 2024.
Más información: Consejo de la Unión Europea
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