El Consejo ha prorrogado hoy las medidas restrictivas adoptadas por la UE para hacer frente al uso y la proliferación de armas químicas hasta el 16 de octubre de 2020.
En qué consisten las sanciones
Las sanciones consisten en:
- una prohibición de viaje a la UE y una inmovilización de activos para las personas, y en una inmovilización de activos para las entidades, se aplican en la actualidad a nueve personas, cinco de ellas vinculadas al régimen sirio y otras cuatro implicadas en el atentado de Salisbury,
- una organización, el Centro de Estudios e Investigación Científica (SSRC, por sus siglas en inglés), la principal entidad del régimen sirio para el desarrollo de armas químicas.
Antecedentes
El 15 de octubre de 2018, como actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo Europeo de 28 de junio de 2018, el Consejo adoptó un régimen horizontal de sanciones para hacer frente al uso y la proliferación de armas químicas. Esto permite a la UE imponer sanciones a las personas y entidades implicadas en el desarrollo y uso de armas químicas en cualquier lugar, independientemente de su nacionalidad y ubicación.
A quién se dirigen las medidas
Las medidas restrictivas se dirigen a personas y entidades directamente responsables del desarrollo y uso de armas químicas, así como a aquellas que faciliten respaldo financiero, técnico o material, o que ayuden o animen a dichas personas o entidades o estén asociadas con ellas.
Esta decisión contribuye a los esfuerzos de la UE por combatir la proliferación y el uso de armas químicas que supongan una amenaza grave para la seguridad internacional. Secunda la prohibición de armas químicas a nivel mundial prevista por la Convención sobre las Armas Químicas, en un contexto en el que están aumentando los ataques químicos en varias partes del mundo.
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