Para apoyar un transporte marítimo limpio, seguro y moderno en la UE, el Consejo ha adoptado hoy cuatro nuevos actos legislativos del llamado paquete legislativo de «seguridad marítima«, a saber, los que modifican las directivas pertinentes sobre: investigación de accidentes en el sector del transporte marítimo, contaminación procedente de buques, cumplimiento de las obligaciones del Estado de abanderamiento y control por el Estado rector del puerto.
El «paquete» revisado logra un cuidadoso equilibrio entre, por un lado, la necesidad de garantizar un transporte marítimo de alta calidad y, por otro, la necesidad de salvaguardar la competitividad del sector marítimo europeo, manteniendo al mismo tiempo unos costes razonables para los operadores y las administraciones de los Estados miembros. En general, dotará a la UE de instrumentos modernos para apoyar un transporte marítimo limpio, alineando las normas de la UE con las internacionales y mejorando al mismo tiempo su aplicación y cumplimiento mediante un marco de cooperación reforzado entre las autoridades europeas y nacionales.
Directiva sobre investigación de accidentes
La directiva revisada sobre investigación de accidentes en el sector marítimo
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- mejora la protección de los buques pesqueros, sus tripulaciones y el medio ambiente, con la inclusión de los buques pesqueros de menos de 15 metros de eslora en el ámbito de aplicación de la directiva, lo que significa que los accidentes con víctimas mortales y pérdida de buques se investigarán de forma armonizada
- aclara las definiciones y las disposiciones legales para que los organismos de investigación de accidentes de los Estados miembros investiguen todos los accidentes que deban investigarse de forma oportuna y armonizada
- mejora la capacidad de los organismos de investigación de accidentes para llevar a cabo e informar sobre las investigaciones de accidentes de manera oportuna, experta e independiente
- actualiza varias definiciones y referencias a la legislación pertinente de la UE y a los reglamentos de la OMI, para garantizar la claridad y la coherencia
- permite a los organismos de investigación de accidentes llevar a cabo investigaciones de accidentes de forma armonizada en toda la UE, haciendo que las normas existentes sean más claras y coherentes con la normativa internacional
- refuerza las disposiciones relativas a la independencia de los organismos de investigación de accidentes y a la confidencialidad de sus conclusiones y reduce las cargas administrativas innecesaria.
Directiva sobre la contaminación procedente de buques
La Directiva revisada incorpora las normas internacionales a la legislación de la UE, garantizando que los responsables de vertidos ilegales de sustancias contaminantes estén sujetos a sanciones disuasorias, eficaces y proporcionadas para mejorar la seguridad marítima y proteger mejor el medio marino de la contaminación por los buques. Así pues, la ley revisada
- amplía el ámbito de aplicación de la directiva actual para abarcar los vertidos ilegales de sustancias nocivas en forma envasada, aguas residuales, basuras y aguas vertidas y residuos de los sistemas de depuración de gases de escape
- establece un marco jurídico reforzado para las sanciones administrativas y su aplicación efectiva, que permite a las autoridades nacionales garantizar una imposición disuasoria y coherente de sanciones a los incidentes de contaminación procedente de buques en todos los mares europeos
- separa el régimen de sanciones administrativas del régimen de sanciones penales consagrado en el nuevo proyecto de directiva sobre delitos medioambientales
- garantiza la claridad y la coherencia con las normas y procedimientos internacionales, en particular los del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), en aras de la protección del medio marino.
Directiva sobre el cumplimiento de las obligaciones del Estado de abanderamiento
La directiva regula el cumplimiento de las normas aplicables a los Estados de abanderamiento a escala de la UE. La responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI) por parte de los buques recae en el Estado en el que está registrado el buque y cuya nacionalidad ostenta: el Estado de abanderamiento. Por tanto, la directiva revisada
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- actualiza la legislación vigente y la adapta a las normas internacionales, principalmente en lo que respecta al código de implantación de los instrumentos de la OMI («código III»)
- garantiza inspecciones adecuadas de los buques abanderados y la supervisión de las organizaciones reconocidas que trabajan en nombre del Estado de abanderamiento
- garantiza una mayor adopción de soluciones digitales
- garantiza un enfoque armonizado en la comprensión, notificación y medición del rendimiento de las flotas y las obligaciones de los Estados de abanderamiento
Directiva sobre el control por el Estado rector del puerto
El control por el Estado rector del puerto (CSP) es un sistema de inspección de buques extranjeros en puertos de Estados distintos del de abanderamiento por parte de funcionarios del CSP, con el fin de verificar que la competencia del capitán, los oficiales y la tripulación a bordo, el estado del buque y su equipamiento cumplen los requisitos de los convenios internacionales y, en la UE, de la legislación comunitaria aplicable. Como tal, el CEP es importante para garantizar la seguridad marítima y proteger el medio ambiente marino. La Directiva revisada
- actualiza la legislación de la UE y la adapta a las normas y procedimientos internacionales establecidos en el Memorándum de Acuerdo de París y en los convenios de la OMI,
- protege los buques pesqueros, sus tripulaciones y el medio ambiente, incluso mediante la introducción de un régimen de inspecciones voluntarias para los buques pesqueros de mayor tamaño (más de 24 metros de eslora),
- garantiza un enfoque eficaz y armonizado para llevar a cabo las inspecciones de los PSC.
Próximos pasos
Tras su firma por los Presidentes del Consejo y del Parlamento Europeo, los cuatro actos legislativos se publicarán en el Diario Oficial de la UE en las próximas semanas y entrarán en vigor veinte días después de esta publicación. Los Estados miembros dispondrán de 30 meses tras la entrada en vigor de las directivas revisadas para incorporar sus disposiciones a su legislación nacional.
Información general
Las cuatro propuestas legislativas forman parte del «paquete» sobre seguridad marítima, junto con la relativa a la Agencia Europea de Seguridad Marítima (AESM). La Comisión las presentó el 1 de junio de 2023 con el objetivo de modernizar las normas de la UE sobre seguridad marítima y reducir la contaminación de las aguas por los buques. El 75% del comercio exterior de la UE se realiza por vía marítima, por lo que el transporte marítimo no sólo es la arteria de una economía globalizada, sino también un salvavidas para las islas y las regiones marítimas periféricas y remotas de la UE. Aunque la seguridad marítima en aguas de la UE es actualmente muy alta, con pocas víctimas mortales y ningún vertido reciente de petróleo de importancia, cada año se siguen registrando más de 2.000 accidentes e incidentes marítimos. En febrero de este año se alcanzaron acuerdos provisionales entre los colegisladores sobre las cuatro propuestas legislativas.
Para más información: Consejo de la Unión Europea.
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