En su paquete habitual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea emprende acciones jurídicas contra diversos Estados miembros que no han cumplido las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la Unión. Estas decisiones, que abarcan distintos sectores y ámbitos de actuación de la Unión Europea, tienen por objeto velar por la correcta aplicación del Derecho de la Unión en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
A continuación, se presentan las principales decisiones adoptadas por la Comisión, agrupadas por las decisiones que afectan a España y las relacionadas con Medio Ambiente. La Comisión va a archivar asimismo ciento nueve asuntos que los Estados miembros afectados han resuelto sin que ella haya tenido que seguir adelante con el procedimiento.
Para obtener más información sobre los procedimientos de infracción de la Unión Europea, véase la nota completa sobre preguntas frecuentes. Para conocer más detalles sobre todas las decisiones adoptadas, véase el registro de decisiones sobre infracciones.
España
Profesiones reguladas: la Comisión pide a ESPAÑA que garanticen la correcta transposición de las normas relativas al test de proporcionalidad
La Comisión ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra España y Letonia por no haber transpuesto correctamente la normativa de la UE relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones [Directiva (UE) 2018/958]. Esta decisión es el resultado del inicio de procedimientos de infracción contra dieciocho Estados miembros en diciembre de 2021. La Directiva exige a los Estados miembros que se aseguren de que todos los requisitos que introducen para las profesiones sean necesarios y equilibrados. Según la Comisión, estos dos países no han garantizado que las evaluaciones de proporcionalidad contemplen todos los tipos de regulaciones, como las que adoptan las asociaciones profesionales. Además, Letonia no se ha asegurado de que los proyectos legislativos presentados por la presidencia y las comisiones o los diputados al Parlamento se evalúen exhaustivamente. Tampoco ha transpuesto con precisión las definiciones pertinentes ni determinados criterios de evaluación, como los relativos a todos los tipos de posibles restricciones territoriales o a todas las formas de regulación de profesiones. La Comisión considera que España no ha asegurado las garantías procesales necesarias, como la objetividad de las evaluaciones y la tutela judicial efectiva por lo que se refiere a los asuntos cubiertos por la Directiva. España y Letonia disponen ahora de un plazo de dos meses para responder a las alegaciones que ha señalado la Comisión, que, de lo contrario, podría optar por enviarles un dictamen motivado.
España vulnera el Derecho de la Unión en materia de declaración de bienes
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Energía y clima
Normas básicas de seguridad: la Comisión ha decidido llevar a ESPAÑA ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por una transposición incompleta de la legislación de la UE sobre protección radiológica
La Comisión ha decidido hoy llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea debido a que no ha transpuesto plenamente la Directiva revisada sobre normas de seguridad básicas (Directiva 2013/59/Euratom del Consejo). Esta Directiva, que moderniza y consolida la legislación de la Unión Europea sobre protección radiológica, establece normas básicas de seguridad para proteger al público en general, a los trabajadores y a los pacientes contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. También incluye disposiciones sobre la preparación y la respuesta ante emergencias que se reforzaron tras el accidente nuclear de Fukushima. Los Estados miembros tenían que transponer la Directiva a más tardar el 6 de febrero de 2018. En junio de 2021, la Comisión envió un dictamen motivado a España, pidiéndole que notificara a la Comisión todas sus medidas de transposición de la Directiva. Hasta la fecha, la legislación nacional notificada solo transpone una pequeña parte de los requisitos de la Directiva, y, por tanto, la Comisión remite a España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Medio Ambiente
La Comisión pide a ESLOVAQUIA que evalúe el plan nacional sobre la utilización del potencial hidroeléctrico
La Comisión exhorta a Eslovaquia a que cumpla las normas de la UE en relación con una evaluación medioambiental de su plan nacional sobre la utilización del potencial hidroeléctrico, así como con de las pequeñas centrales hidroeléctricas individuales. En consonancia con la Directiva relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (conocida como Directiva de evaluación estratégica medioambiental, Directiva 2001/42/CE), determinados planes y programas públicos están sujetos a una evaluación medioambiental. La gobernanza medioambiental, especialmente las evaluaciones, son fundamentales para el correcto funcionamiento de la legislación de la UE, que salvaguarda nuestra salud y nuestro entorno.
Eslovaquia debe llevar a cabo una evaluación medioambiental estratégica del plan nacional sobre la utilización del potencial hidroeléctrico. Sin embargo, solo 4 de las 37 pequeñas centrales hidroeléctricas incluidas en el plan nacional eslovaco fueron objeto de una evaluación medioambiental estratégica. Dada la exclusión de la gran mayoría de centrales en la evaluación, las autoridades no pudieron determinar las opciones que hubieran resultado menos perjudiciales para el medio ambiente.
La lucha contra los delitos medioambientales y las infracciones conexas. Garantía del cumplimiento de la legislación medioambiental
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Aguas residuales urbanas: la Comisión pide a RUMANÍA que garantice el correcto tratamiento de las aguas residuales urbanas.
La Comisión insta a Rumanía a cumplir los requisitos de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE). La Directiva obliga a los Estados miembros a velar por que las aglomeraciones urbanas (pueblos, ciudades o zonas de vivienda) recojan y traten adecuadamente sus aguas residuales, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados.
El objetivo del Pacto Verde Europeo es orientar a la UE hacia un objetivo cero en materia de contaminación. El objetivo de la legislación de la UE, como la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, es proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural, y es fundamental que los Estados miembros la apliquen plenamente.
Los datos de seguimiento muestran que en Rumanía, más de ciento ochenta grandes aglomeraciones siguen sin cumplir sus obligaciones tanto en relación con la recogida de aguas residuales urbanas como en lo que respecta al tratamiento de estas.
Aguas residuales urbanas: la Comisión decide remitir a MALTA al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el tratamiento de las aguas residuales
La Comisión ha decidido hoy llevar a Malta ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento de los requisitos de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE). La Directiva obliga a los Estados miembros a velar por que las aglomeraciones urbanas (pueblos, ciudades o zonas de vivienda) recojan y traten adecuadamente sus aguas residuales, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados. Una de las metas del Pacto Verde Europeo es orientar a la UE hacia un objetivo cero en materia de contaminación. El objetivo de la legislación de la UE, como la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, es proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural, y es fundamental que los Estados miembros la apliquen plenamente. Malta debería cumplir plenamente los requisitos de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas desde el 31 de marzo de 2007. Malta no ha garantizado que en las aglomeraciones de Malta meridional y Malta septentrional las aguas residuales urbanas que entran en los sistemas colectores sean objeto de un tratamiento correcto antes de su vertido. La Comisión envió una carta de emplazamiento a Malta en diciembre de 2016 y, posteriormente, un dictamen motivado, en octubre de 2017. A pesar de que ha habido algún progreso, las autoridades maltesas no han abordado plenamente las deficiencias. La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos que han realizado las autoridades maltesas han sido insuficientes y, en consecuencia, va a llevar a Malta ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Puede obtenerse más información a este respecto en el comunicado de prensa correspondiente.
Aguas residuales urbanas: la Comisión decide remitir a POLONIA al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el tratamiento de las aguas residuales
La Comisión ha decidido hoy llevar a Polonia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento de los requisitos de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (Directiva 91/271/CEE). La Directiva obliga a los Estados miembros a velar por que las aglomeraciones urbanas (pueblos, ciudades o zonas de vivienda) recojan y traten adecuadamente sus aguas residuales, eliminando o reduciendo así todos sus efectos no deseados. Una de las metas del Pacto Verde Europeo es orientar a la UE hacia un objetivo cero en materia de contaminación. El objetivo de la legislación de la UE, como la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, es proteger la salud humana y salvaguardar el entorno natural, y es fundamental que los Estados miembros la apliquen plenamente. Polonia debería cumplir plenamente la Directiva desde 2015. En Polonia, más de mil aglomeraciones no disponen de un sistema colector para sus aguas residuales urbanas, lo que significa que las aguas residuales se vierten directamente en ríos, mares o lagos, sin tratamiento. Normalmente, antes de su vertido, las aguas residuales deberían pasar por una instalación de tratamiento de aguas residuales. Además, Polonia no ha garantizado que en 415 aglomeraciones cuyas aguas residuales se vierten en zonas sensibles, estas sean sometidas a un tratamiento más riguroso, como requiere la Directiva. La Comisión Europea envió una carta de emplazamiento a Polonia el 26 de enero de 2018, seguida de un dictamen motivado el 14 de mayo de 2020. La Comisión considera que, a pesar de ciertos progresos y del apoyo financiero de la UE en el marco de la política de cohesión, los esfuerzos que han realizado las autoridades polacas hasta la fecha han sido insuficientes y, en consecuencia, va a llevar a Polonia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Puede obtenerse más información a este respecto en el comunicado de prensa correspondiente.
Más información: Comisión Europea – Decisiones de infracción
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