El Consejo y los negociadores del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre una propuesta para revisar la Directiva sobre el Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas. La Directiva revisada es uno de los principales resultados del Plan de Acción de la UE «Contaminación Cero».
Si bien la Directiva vigente ha demostrado ser muy eficaz para reducir la contaminación del agua y mejorar el tratamiento de los vertidos de aguas residuales en las tres últimas décadas, esta revisión tiene por objeto actualizar la Directiva ampliando su ámbito de aplicación y adaptándola a los objetivos del Pacto Verde Europeo.
Las nuevas normas reconocen el potencial del sector del tratamiento de aguas residuales para contribuir a reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero de la UE y establecen un plazo para que el sector alcance la neutralidad energética, así como un régimen de responsabilidad ampliada del productor para garantizar que los sectores más contaminantes contribuyan de forma equitativa al tratamiento de las aguas residuales contra los microcontaminantes.
El acuerdo es provisional a la espera de que ambas instituciones lo adopten formalmente.
Ámbito de aplicación de la Directiva
Con objeto de hacer frente a la contaminación procedente de las pequeñas aglomeraciones urbanas, los colegisladores han ampliado el ámbito de aplicación de la Directiva para incluir a todas las aglomeraciones urbanas de al menos 1 000 equivalentes habitante (e-h), frente a los 2 000 e-h de la Directiva vigente. A efectos de la Directiva, el equivalente habitante es un parámetro utilizado para definir las cantidades de aguas residuales en términos de la carga potencial de contaminación del agua causada por una persona al día, siendo «un equivalente habitante» la carga orgánica biodegradable diaria con una demanda bioquímica de oxígeno a cinco días de 60 g de oxígeno al día.
Sistemas colectores de aguas residuales y planes de gestión
Los colegisladores han convenido en que la obligación de establecer sistemas colectores de aguas residuales urbanas debe ampliarse a todas las aglomeraciones urbanas de 1 000 e-h o más. También han prorrogado el plazo para el cumplimiento de esta obligación de 2030 a 2035, a fin de dejar tiempo suficiente para adaptarse a los nuevos requisitos. Han introducido una serie de excepciones, por ejemplo, para las aglomeraciones urbanas más pequeñas que vierten sus aguas residuales en aguas costeras o en zonas menos sensibles y para los últimos Estados miembros en adherirse a la UE, es decir, Rumanía, Bulgaria y Croacia.
Si el establecimiento de un sistema colector no está justificado, o no es viable o rentable, los Estados miembros pueden utilizar sistemas individuales para recoger y tratar las aguas residuales urbanas.
El texto fija plazos para que los Estados miembros establezcan un plan de gestión integrada de las aguas residuales urbanas que abarque las aglomeraciones urbanas de más de 100 000 e-h de aquí a 2033 y las aglomeraciones urbanas de entre 10 000 y 100 000 e-h, de aquí a 2039. Estos planes de gestión integrada se revisarán al menos cada seis años, en consonancia con la Directiva Marco sobre el Agua.
Tratamientos de las aguas residuales
El Consejo y el Parlamento han ampliado a todas las aglomeraciones urbanas de 1 000 e-h o más la obligación de aplicar, de aquí a 2035, un tratamiento secundario (es decir, la eliminación de materia orgánica biodegradable) a las aguas residuales urbanas antes de su vertido en el medio ambiente. Se establecen excepciones para las aglomeraciones más pequeñas y para los últimos Estados miembros en adherirse a la UE (Rumanía, Bulgaria y Croacia), que ya han tenido que realizar recientemente inversiones importantes para aplicar la Directiva vigente.
Los colegisladores también han armonizado los umbrales y los plazos para el tratamiento terciario (es decir, la eliminación de nitrógeno y fósforo) y el tratamiento cuaternario (es decir, la eliminación de un amplio espectro de microcontaminantes). Para 2039 y 2045, los Estados miembros tendrán que garantizar que se aplica el tratamiento terciario y el tratamiento cuaternario, respectivamente, en instalaciones de tratamiento grandes de a partir de 150 000 e-h, con objetivos intermedios en 2033 y 2036 para el tratamiento terciario y en 2033 y 2039 para el tratamiento cuaternario. Los colegisladores han acordado que, para 2045, las obligaciones de tratamiento terciario y cuaternario se harán extensivas a las aglomeraciones más pequeñas de 10 000 e-h o más que viertan sus aguas residuales en zonas que cumplen determinados criterios basados en el riesgo. Han introducido una excepción al requisito de tratamiento terciario en el caso de que las aguas residuales urbanas tratadas se reutilicen para el riego agrícola, siempre que no existan riesgos medioambientales ni sanitarios.
Responsabilidad ampliada del productor
Para cubrir los costes adicionales derivados del tratamiento cuaternario y en consonancia con el principio de que «quien contamina paga», los productores de productos farmacéuticos y cosméticos que contaminan las aguas residuales urbanas con microcontaminantes tendrán que cubrir, como mínimo, el 80 % de los costes de este tratamiento adicional, a través de un sistema de responsabilidad ampliada del productor.
Los colegisladores han acordado dejar a los Estados miembros cierta flexibilidad en cuanto a la manera de repartir los costes restantes. Los costes de recogida y verificación de los datos sobre los productos introducidos en el mercado también correrán a cargo de los productores. Los colegisladores han encargado a la Comisión que evalúe el posible impacto de esta disposición en la accesibilidad y asequibilidad de los medicamentos.
Neutralidad energética y energías renovables
Los colegisladores han convenido en que el sector del tratamiento de aguas residuales urbanas puede desempeñar un papel importante a la hora de reducir significativamente las emisiones de gases de efecto invernadero y ayudar a la UE a alcanzar su objetivo de neutralidad climática. Han establecido un objetivo de neutralidad energética, lo que significa que, de aquí a 2045, las instalaciones de tratamiento de aguas residuales urbanas tendrán que producir energía de fuentes renovables, sobre la base de auditorías energéticas periódicas, con objetivos intermedios progresivos. Esta energía puede producirse dentro o fuera del emplazamiento, y hasta el 35 % de la energía de fuentes no fósiles puede adquirirse de proveedores externos. Este porcentaje solo se aplica al objetivo final.
Más información: Consejo de la UE
Deja una respuesta