La Organización Mundial del Comercio (OMC) falló a favor de la UE en un caso histórico que cuestiona los aranceles de la India sobre productos clave de tecnología de la información y las comunicaciones (TIC). En una decisión del panel, la OMC confirmó todas las reclamaciones de la UE contra la India y encontró que los aranceles de la India de hasta el 20 por ciento sobre ciertos productos de TIC, como los teléfonos móviles, violaron sus obligaciones con la OMC y, por lo tanto, eran ilegales. Las exportaciones de estas tecnologías desde la UE, afectada por la infracción de la India, ascienden a 600 millones EUR al año. Si bien esto ya es importante, el impacto real en las empresas europeas que también exportan a la India desde otros países es mucho mayor.
El Grupo Especial confirmó que, en este caso, los aranceles de la India no podían justificarse por ninguna de las razones aducidas por este país en este caso. La India no podía invocar el Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI) para eludir los compromisos contraídos en el marco de la OMC, ni limitar su compromiso de exención de derechos a los productos que existían en el momento de este compromiso, excluyendo los productos tecnológicos más recientes pertenecientes a la misma línea arancelaria. El Grupo Especial también confirmó que no se había cometido ningún error al determinar los compromisos arancelarios de la India, incluido cuando se actualizaron las nomenclaturas de las líneas arancelarias, y se negó a examinar la solicitud de la India de rectificar sus compromisos arancelarios. Estos cambios tendrían que negociarse entre los miembros de la OMC.
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Contexto
Desde 2014, la India ha introducido gradualmente derechos de aduana de hasta un 20 % sobre productos como teléfonos móviles, componentes y accesorios de telefonía móvil, teléfonos de línea, estaciones de base, convertidores estáticos o cables y cables eléctricos. La UE consideró que estos derechos infringían directamente las normas de la OMC, ya que, en virtud de sus compromisos con la OMC, la India está obligada a aplicar un tipo de derecho nulo a dichos productos.
La UE inició este procedimiento de solución de diferencias en la OMC en 2019. El Grupo Especial remitió su informe final a todos los miembros de la OMC el 17 de abril de 2023.
Japón y Taiwán presentaron asuntos paralelos (DS584/DS588) en 2019 a raíz de la iniciativa de la UE. Estos dos asuntos paralelos abarcan la misma cuestión (aranceles sobre productos TIC) y casi los mismos productos. Se espera que el día 17 de abril la OMC se pronuncie también sobre estos asuntos.
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