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La Comisión pide que se limiten los viajes esenciales desde la India

Inicio » Noticias UE » Asuntos Institucionales » Cooperación y Política Exterior » La Comisión pide que se limiten los viajes esenciales desde la India

17 de mayo de 2021

La Comisión pide a los Estados miembros de la UE que adopten medidas coordinadas para restringir aún más los viajes desde la India de forma temporal, con el fin de limitar la propagación de la variante B.1.617.2 detectada por primera vez en la India. Esto se produce tras la propuesta de la Organización Mundial de la Salud del 10 de mayo de 2021 de cambiar la clasificación de esa variante de «variante de interés» a «variante preocupante». Es importante limitar al mínimo estricto las categorías de viajeros que pueden viajar desde la India por razones esenciales y someter a los que todavía pueden viajar desde la India a estrictas medidas de prueba y cuarentena.

Para garantizar una respuesta plenamente coordinada y eficaz a esta variante y teniendo en cuenta el deterioro de la situación sanitaria en la India, la Comisión propone que los Estados miembros apliquen un «freno de emergencia» a los viajes no esenciales procedentes de la India. El 3 de mayo, la Comisión había propuesto añadir un «mecanismo de freno de emergencia» a la recomendación del Consejo sobre las restricciones a los viajes no esenciales.

Excepciones limitadas para quienes viajen por razones imperiosas, sujetas a estrictas salvaguardias

Las restricciones no deben afectar a quienes viajen por razones imperiosas, como por ejemplo, por motivos familiares imperativos o personas que necesiten protección internacional o por otras razones humanitarias. Los ciudadanos de la UE y los residentes de larga duración, así como los miembros de sus familias, deben seguir pudiendo viajar a Europa.

Para estos viajeros, la Comisión pide a los Estados miembros que apliquen medidas adicionales relacionadas con la salud, como pruebas estrictas y disposiciones de cuarentena. Estas medidas deben aplicarse independientemente de que los viajeros hayan sido vacunados.

Próximos pasos

Cualquier restricción a los viajes esenciales desde la India debe ser temporal y revisarse periódicamente. Los Estados miembros deberían evaluar su eficacia para contener la nueva variante. Cuando se ponga en marcha el mecanismo de «freno de emergencia» para restringir aún más los viajes desde un país no perteneciente a la UE, los Estados miembros reunidos en las estructuras del Consejo deberían revisar la situación conjuntamente de forma coordinada y en estrecha colaboración con la Comisión.

Antecedentes

Actualmente está en vigor una restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE desde muchos países no comunitarios, incluidos los de la India, sobre la base de una recomendación acordada por el Consejo.

A raíz de una propuesta de la Comisión, el Consejo acordó el 2 de febrero de 2021 salvaguardias y restricciones adicionales para los viajeros internacionales a la UE, con el fin de garantizar que los viajes esenciales a la UE continúen de forma segura en el contexto de la aparición de nuevas variantes de coronavirus y la inestable situación sanitaria en todo el mundo.

El 3 de mayo, la Comisión propuso que los Estados miembros suavizaran las actuales restricciones a los viajes no esenciales a la UE para tener en cuenta los avances de las campañas de vacunación y la evolución de la situación epidemiológica en todo el mundo, al tiempo que se ponía en marcha un nuevo «mecanismo de freno de emergencia», para hacer frente a las variantes de coronavirus. El «mecanismo de freno de emergencia» es un mecanismo de coordinación destinado a limitar el riesgo de que entren en la UE variantes de interés y variantes preocupantes. Permite a los Estados miembros actuar rápidamente y de forma coordinada para limitar temporalmente a un mínimo estricto todos los viajes procedentes de un país no perteneciente a la UE cuando la situación epidemiológica empeore rápidamente y, en particular, cuando se detecte una variante de interés o de preocupación.

Las variantes de interés y las variantes preocupantes son evaluadas como tales por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y, en el caso de la UE, por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), basándose en propiedades clave del virus como la transmisión, la gravedad y la capacidad de escapar a la respuesta inmunitaria.

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades ha evaluado la variante B.1.617.2, detectada por primera vez en la India, como variante de interés y mantiene esta evaluación en constante revisión. Las variantes de interés son variantes que muestran una mayor transmisibilidad y gravedad. El 10 de mayo de 2021, la Organización Mundial de la Salud propuso cambiar la clasificación de la variante B.1.617.2 de «variante de interés» a «variante preocupante».

En virtud de la actual Recomendación del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, los Estados miembros pueden limitar temporalmente las categorías de viajeros esenciales que pueden viajar a la UE cuando la situación epidemiológica empeora rápidamente y cuando se detecta una alta incidencia de variantes preocupantes del virus.

La recomendación del Consejo abarca a todos los Estados miembros (excepto Irlanda), así como a los 4 Estados no pertenecientes a la UE que se han incorporado al espacio Schengen: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. A efectos de la restricción de los viajes, estos países están cubiertos de forma similar a los Estados miembros.

Más información

Comisión Europea – Comunicado de prensa

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