La Comisión ha informado a X de su opinión preliminar de que infringe la Ley de Servicios Digitales en ámbitos relacionados con patrones oscuros, transparencia publicitaria y acceso a los datos para los investigadores.
La transparencia y la rendición de cuentas en relación con la moderación de contenidos y la publicidad constituyen el núcleo de la Ley de Servicios Digitales. Sobre la base de una investigación exhaustiva que incluyó, entre otras cosas, el análisis de los documentos internos de la empresa, entrevistas con expertos, así como la cooperación con los coordinadores nacionales de servicios digitales, la Comisión ha emitido constataciones preliminares de incumplimiento en relación con tres reclamaciones:
- En primer lugar, X diseña y explota su interfaz para las «cuentas verificadas» con la «marca de control azul» de una manera que no se corresponde con la práctica del sector y engaña a los usuarios. Dado que cualquier persona puede suscribirse para obtener este estado «verificado», afecta negativamente a la capacidad de los usuarios para tomar decisiones libres e informadas sobre la autenticidad de las cuentas y el contenido con el que interactúan. Existen pruebas de que agentes malintencionados motivados abusan de la «cuenta verificada» para engañar a los usuarios.
- En segundo lugar, X no respeta la transparencia requerida en materia de publicidad, ya que no proporciona un repositorio de anuncios publicitarios fiable y accesible, sino que establece características de diseño y barreras de acceso que hacen que el repositorio no sea apto para su finalidad de transparencia con respecto a los usuarios. En particular, el diseño no permite la supervisión y la investigación necesarias de los riesgos emergentes derivados de la distribución de publicidad en línea.
- En tercer lugar, X no proporciona acceso a sus datos públicos a los investigadores en consonancia con las condiciones establecidas en la Ley de Servicios Digitales. En particular, X prohíbe a los investigadores elegibles acceder de forma independiente a sus datos públicos, por ejemplo raspando, como se indica en sus condiciones de servicio. Además, el proceso de X de conceder a los investigadores elegibles acceso a su interfaz de programación de aplicaciones (API) parece disuadir a los investigadores de llevar a cabo sus proyectos de investigación o no les deja más opción que pagar tasas desproporcionadamente elevadas.
Al enviar las conclusiones preliminares, la Comisión informa a X de su opinión preliminar de que incumple la Ley de Servicios Digitales. Esto se entiende sin perjuicio del resultado de la investigación, ya que X tiene ahora la posibilidad de ejercer su derecho de defensa examinando los documentos del expediente de investigación de la Comisión y respondiendo por escrito a las conclusiones preliminares de la Comisión. Paralelamente, se consultará a la Junta Europea de Servicios Digitales.
Si finalmente se confirmaran los puntos de vista preliminares de la Comisión, la Comisión adoptaría una decisión de incumplimiento en la que declararía que X infringe los artículos 25, 39 y 40 (12) de la Ley de Servicios Digitales. Tal decisión podría implicar multas de hasta el 6 % del volumen de negocios total anual mundial del prestador y ordenar al proveedor que adopte medidas para hacer frente a la infracción. Una decisión de incumplimiento también puede dar lugar a un período de supervisión reforzado para garantizar el cumplimiento de las medidas que el proveedor se propone adoptar para subsanar la infracción. La Comisión también puede imponer multas coercitivas para obligar a una plataforma a cumplir.
Trasfondo
X, anteriormente conocida como Twitter, fue designada plataforma en línea de muy gran tamaño el 25 de abril de 2023 en virtud de la Ley de Servicios Digitales de la UE, tras su declaración de llegar a más de 45 millones de usuarios activos mensuales en la UE.
El 18 de diciembre de 2023, la Comisión incoó un procedimiento formal para evaluar si X podría haber infringido la Ley de Servicios Digitales en ámbitos relacionados con la difusión de contenidos ilícitos y la eficacia de las medidas adoptadas para combatir la manipulación de la información, para las que continúa la investigación, así como los patrones oscuros, la transparencia publicitaria y el acceso a los datos para los investigadores, que son objeto de las conclusiones preliminares adoptadas hoy.
La Comisión también ha puesto en marcha una herramienta de denuncia de irregularidades que permite a los empleados y otras personas con conocimiento ponerse en contacto con la Comisión de manera anónima para contribuir a la supervisión por parte de la Comisión del cumplimiento por parte de las plataformas en línea de muy gran tamaño o las plataformas en línea de muy gran tamaño designadas.
La Comisión también incoó procedimientos formales contra TikTok en febrero y abril de 2024, AliExpress en marzo de 2024 y Meta en abril y mayo de 2024.
Más información: Comisión Europea
Deja una respuesta