La Comisión Europea ha abierto una investigación formal para evaluar si Renfe podría haber abusado de su posición dominante en el mercado español del transporte ferroviario de viajeros al negarse a facilitar todo su contenido y datos en tiempo real a plataformas competidoras de venta de billetes.
Renfe es el operador ferroviario histórico estatal español. Renfe vende sus billetes en línea y fuera de línea i) directamente a través de sus sitios web y aplicaciones (Renfe y Cercanías) y de su plataforma de movilidad (dōcō), o ii) indirectamente a través de plataformas de venta de billetes de terceros. Las plataformas de venta de billetes de terceros son empresas que prestan servicios de venta de billetes en línea a los clientes a través de aplicaciones o sitios web (es decir, agencias de viajes en línea).
La Comisión teme que Renfe pueda haber restringido la competencia en el mercado español de servicios de venta de billetes ferroviarios en línea al negarse a proporcionar a las plataformas de venta de billetes de terceros: i) el contenido completo de su gama de billetes, descuentos y opciones; y ii) los datos en tiempo real (previos al viaje, durante el viaje o posteriores al viaje) relacionados con sus servicios de transporte ferroviario de pasajeros.
Renfe ofrece actualmente su contenido y datos en tiempo real en sus propios sitios web y aplicaciones, pero puede haberse negado a proporcionar acceso directo a la totalidad de dicha información a las plataformas de venta de billetes de terceros. Las plataformas de venta de billetes de terceros presentan ofertas de diferentes compañías ferroviarias y ofrecen a los clientes servicios en línea de búsqueda, comparación, reserva y pago. Estas plataformas deben tener acceso al contenido completo y a los datos en tiempo real de Renfe para adaptar sus ofertas a las necesidades de los clientes.
A la Comisión le preocupa que la supuesta negativa de Renfe a facilitar estos contenidos y datos en tiempo real pueda impedir que las plataformas compitan con los propios canales digitales directos de Renfe en detrimento de los consumidores. Si se demuestra, el comportamiento investigado puede infringir las normas de competencia de la UE, que prohíben el abuso de posición dominante [artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)].
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La Comisión se dispone ahora a realizar una investigación pormenorizada con carácter prioritario. La apertura de un procedimiento de investigación formal no afecta a su resultado.
Paralelamente a la incoación del procedimiento, la Comisión ha adoptado un análisis preliminar en el que se resumen los principales hechos del asunto y se establecen sus reservas en materia de competencia. Para responder a las inquietudes de la Comisión, Renfe puede ahora presentar compromisos.
Más información: Comisión Europea
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