El pasado día 28, la Comisión adoptó las normas para las funcionalidades básicas y la certificación de las carteras de identidad digital europea (eID) en el marco del Marco Europeo de Identidad Digital. Este es un paso importante para que los Estados miembros construyan sus propias carteras y las liberen a finales de 2026.
Cuatro reglamentos de ejecución establecen normas, especificaciones y procedimientos uniformes para las funcionalidades técnicas de los monederos, como los formatos de datos necesarios para el uso transfronterizo de documentos digitales y las medidas para garantizar la fiabilidad y la seguridad de los monederos. El establecimiento de normas y especificaciones uniformes permitirá a cada Estado miembro desarrollar carteras de manera interoperable y aceptada en toda la UE, protegiendo al mismo tiempo los datos personales y la privacidad. Los datos se almacenan localmente en la billetera, con los usuarios tienen control sobre la información que comparten, con cero seguimiento o perfiles en el diseño de billeteras. También se incorporará un panel de privacidad, que brindará total transparencia sobre cómo y con quién se comparte la información de la billetera.
El quinto Reglamento de Ejecución establece especificaciones y procedimientos para construir un marco sólido para la certificación de los monederos de identificación electrónica, garantizando que sean seguros y protejan la privacidad y los datos personales de los usuarios.
Las carteras europeas de identidad digital ofrecerán a los usuarios privados y a las empresas una forma universal, fiable y segura de identificarse a la hora de acceder a servicios públicos y privados a través de las fronteras. Ejemplos de cómo se pueden usar las billeteras digitales incluyen abrir una cuenta bancaria, probar la edad, renovar recetas médicas, alquilar un automóvil o mostrar sus boletos de avión.
Los reglamentos de aplicación se publicarán en el Diario Oficial a su debido tiempo y entrarán en vigor veinte días después.
La referencia a la entrada del Diario Oficial se publicará en esta página a su debido tiempo.
Más información: Comisión Europea.
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