CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
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La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas) (DO 2002, L 201, p. 37), en su versión modificada por la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009 (DO 2009, L 337, p. 11) (en lo sucesivo, «Directiva 2002/58»), en relación con los artículos 7, 8, 11 y 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 29, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (DO 2013, L 180, p. 31.; en lo sucesivo, «Reglamento Dublín III»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 58, apartado 4, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65), en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2017/2365 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2017 (DO 2017, L 337, p. 19) (en lo sucesivo, «Directiva 2014/24»), del artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1), así como de los principios de seguridad jurídica y de efectividad.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 16, letra l), de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2011, L 304, p. 64).
[Leer Más]Este documento se integra en una serie de estudios que, desde una perspectiva de Derecho Comparado, tienen por objeto presentar los principios de igualdad y no discriminación en distintos Estados. Tras exponer la normativa y la jurisprudencia de aplicación, se examinan el contenido, los límites y la posible evolución de dichos principios. El presente estudio tiene como objeto el caso de Francia. El principio de igualdad no es un principio jurídico como cualquier otro. Es al mismo tiempo un principio de igualdad política y de igualdad civil. Esto explica que el principio de igualdad se invoque con mucha frecuencia ante el Consejo Constitucional francés. La cuestión jurídica principal es la relación entre el principio de igualdad y el principio de no discriminación. La categoría de las discriminaciones merece ser examinada con el fin de mostrar, en especial, las particularidades del caso francés. El presente documento es la versión en español del estudio publicado originalmente por la Biblioteca de Derecho Comparado en francés en enero de 2021. Está versión pone al día la versión anterior mediante las notas del editor.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13).
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