CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Ciencia, Energía, Inteligencia Artificial, Patentes, Salud, Robótica, Tecnología de la Información y la Comunicación. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
Estás aquí: Fondo Digital CDE > Investigación
La demanda, presentada por un periódico y su redactor jefe, se refiere a una supuesta injerencia injustificada y desproporcionada en su derecho a la libertad de expresión en virtud del artículo 10 del Convenio, debido a las sanciones impuestas a raíz de la publicación en el periódico de material considerado por los tribunales nacionales como difamatorio de un funcionario público.
[Leer Más]El presente recurso se refiere a la supuesta injusticia del proceso penal llevado a cabo contra el demandante. En particular, el demandante se quejó, en virtud del artículo 6 § 1 del Convenio, de que su condena se había basado en un veredicto del jurado que no contenía ninguna motivación y de que su recurso de casación había sido rechazado por el tribunal de apelación de forma no fundamentada. La demanda también se refiere, en virtud del artículo 6 § 1 y 3 (c) y (d) del Convenio, a la supuesta violación del derecho del demandante a la asistencia letrada de su elección y a la supuesta injusticia del procedimiento relativo a la admisibilidad de las pruebas.
[Leer Más]El presente caso se refiere a la negativa de los guardias fronterizos a recibir las solicitudes de asilo de los solicitantes y al traslado sumario a un tercer país, con riesgo de devolución y malos tratos en el país de origen.
[Leer Más]La solicitud se refiere al derecho de los demandantes a la intimidad y a la protección de su propia imagen (artículo 8 del Convenio), así como a su derecho a la libertad de expresión (artículo 10 del Convenio).
[Leer Más]El caso se refiere a las alegaciones de los demandantes, en virtud del artículo 8 del Convenio, de que el registro de los locales comerciales del segundo demandante y la incautación de grandes cantidades de documentos y archivos electrónicos en una operación no anunciada («redada de madrugada») por parte de la Autoridad de la Competencia (Konkurences padome) fue ilegal y desproporcionada y que las garantías procesales fueron insuficientes.
[Leer Más]Las tres solicitudes tienen su origen en diversos hechos relacionados con una operación de vigilancia llevada a cabo en 2005 y 2006 por el Servicio de Inteligencia Eslovaco («el SIS»). En 2011 se conoció públicamente la existencia de dicha operación con el nombre en clave de «Gorila». El contexto general del asunto, tanto a nivel nacional como ante el Tribunal de Justicia, se describe en la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto Zoltán Varga c. Eslovaquia (nº 58361/12 y otros 2, 20 de julio de 2021).
[Leer Más]