La Comisión Europea ha aprobado un programa danés de 5.000 millones de euros (37.600 millones de coronas danesas) para apoyar la energía eólica marina, en consonancia con los objetivos del Pacto Industrial Limpio. Esta medida contribuirá a la transición hacia una economía con cero emisiones netas y al logro del objetivo de energías renovables para 2030 fijado a nivel de la UE. El programa fue aprobado en el marco del Marco de Ayudas Estatales del Pacto Industrial Limpio (CISAF), adoptado por la Comisión el 25 de junio de 2025 .
La medida danesa
Dinamarca notificó a la Comisión, en el marco del CISAF, un plan de 5.000 millones de euros para apoyar el desarrollo de la energía eólica marina e impulsar la descarbonización en la UE, en consonancia con los objetivos del Pacto Industrial Limpio. El plan tendrá una duración de 20 años.
El programa apoyará la construcción y operación de dos parques eólicos marinos: Hesselø y North Sea I Mid. Se prevé que el parque eólico de Hesselø tenga una capacidad de al menos 0,8 GW y genere alrededor de 3,2 TWh al año. Se prevé que el parque eólico de North Sea I Mid tenga una capacidad mínima de 1 GW y genere alrededor de 4,6 TWh al año. La producción anual combinada de estos dos parques eólicos representará el equivalente a aproximadamente el 25 % de la producción total de electricidad del año pasado en Dinamarca.
En el marco de este programa, la ayuda consistirá en una prima variable mensual mediante un contrato por diferencias (CfD). Esta prima se calculará comparando el precio de la oferta con un precio de mercado de referencia, ponderado por la capacidad mensual del parque eólico marino. Los beneficiarios recibirán pagos cuando el precio de referencia sea inferior al precio de la oferta. Cuando el precio de referencia sea superior al precio de la oferta, los beneficiarios deberán abonar una cantidad a las autoridades danesas.
La Comisión constató que el plan danés cumple las condiciones del CISAF (artículos 3 y 4.1.2). En concreto, la ayuda se proporcionará como apoyo directo a los precios , mediante un contrato por diferencias bidireccional basado en la capacidad, que se adjudicará mediante un proceso de licitación competitiva. La compensación se concederá por la producción potencial de electricidad que el parque eólico podría haber generado, y no por su producción real. Este diseño garantiza el correcto funcionamiento del mercado y que el plan no compense a los productores por la producción en periodos en los que el valor de mercado de dicha producción sea negativo, de conformidad con las normas de diseño del mercado eléctrico de la UE .
La Comisión concluyó que el plan danés es necesario, adecuado y proporcionado para acelerar la transición hacia una economía con cero emisiones netas y facilitar el desarrollo de determinadas actividades económicas, que son importantes para la aplicación del Pacto Industrial Limpio . Esto está en consonancia con el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la UE y las condiciones establecidas en el Convenio CISAF.
Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida de ayuda con arreglo a las normas de la UE en materia de ayudas estatales.
Fondo
El 25 de junio de 2025, la Comisión adoptó la CISAF para fomentar medidas de apoyo en sectores clave para la transición hacia una economía con cero emisiones netas, en consonancia con el Pacto para una Industria Limpia.
La CISAF permite los siguientes tipos de ayuda, que pueden conceder los Estados miembros para acelerar la transición hacia la energía limpia:
- Medidas para acelerar la implementación de energías renovables y combustibles bajos en carbono (secciones 4.1 y 4.2). Los Estados miembros pueden establecer planes de inversión en todas las fuentes de energía renovables, así como en el almacenamiento de energía, con procedimientos de licitación simplificados. Asimismo, se establecen normas específicas para acelerar la implementación de combustibles bajos en carbono.
- Medidas que permiten una reducción temporal del precio de la electricidad para los usuarios con alto consumo energético, con el fin de garantizar la transición a una electricidad limpia y de bajo coste (sección 4.5). Antes de que la descarbonización del sistema eléctrico de la UE se traduzca plenamente en precios más bajos, estas medidas ayudarán a evitar el riesgo de que, debido a los elevados costes, las actividades industriales se trasladen fuera de la UE a regiones donde las normativas medioambientales y climáticas son inexistentes o menos ambiciosas.
- Medidas que facilitan la descarbonización de los procesos industriales (sección 5). Los Estados miembros pueden apoyar las inversiones en la descarbonización de las actividades industriales para reducir la dependencia de los combustibles fósiles importados. Esto puede lograrse mediante la electrificación, la eficiencia energética y la transición al uso de hidrógeno renovable y producido a partir de electricidad, siempre que cumpla ciertas condiciones, con posibilidades ampliadas para apoyar la descarbonización de los procesos industriales que transitan hacia combustibles derivados del hidrógeno.
- Medidas para garantizar una capacidad de fabricación de tecnologías limpias suficiente (sección 6). Los Estados miembros pueden otorgar apoyo a la inversión para proyectos estratégicos en consonancia con la Ley de la Industria de Emisiones Netas Cero (como baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y sistemas de captura, uso y almacenamiento de carbono). Esto incluye también la producción de componentes clave y la producción y el reciclaje de materias primas críticas relacionadas.
- Medidas para reducir el riesgo de las inversiones privadas necesarias para el despliegue de energías limpias, la descarbonización industrial, la fabricación de tecnologías limpias, ciertos proyectos de infraestructura energética y proyectos que apoyen la economía circular (sección 8).
La versión no confidencial de la decisión de hoy estará disponible con el número de expediente SA.118363 en el registro de ayudas estatales del sitio web de competencia de la Comisión una vez que se hayan resuelto las cuestiones de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en internet y en el Diario Oficial se recogen en el boletín electrónico semanal de competencia.
Más información: Comisión Europea







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