Los negociadores de la Presidencia del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre el proyecto de Directiva relativa a la adecuación de los salarios mínimos en la UE. La nueva ley -una vez adoptada finalmente- promoverá la adecuación de los salarios mínimos legales y contribuirá así a lograr unas condiciones de trabajo y de vida dignas para los empleados europeos.
La directiva establece procedimientos para la adecuación de los salarios mínimos legales, promueve la negociación colectiva sobre la fijación de los salarios y mejora el acceso efectivo a la protección del salario mínimo para aquellos trabajadores que tienen derecho a un salario mínimo en virtud de la legislación nacional, por ejemplo, mediante un salario mínimo legal o convenios colectivos.
Adecuación de los salarios mínimos legales
Se pide a los Estados miembros con salarios mínimos legales que establezcan un marco de procedimiento para fijar y actualizar estos salarios mínimos de acuerdo con una serie de criterios claros. El Consejo y el Parlamento Europeo han acordado que las actualizaciones de los salarios mínimos legales tendrán lugar al menos cada dos años (o como máximo cada cuatro años para aquellos países que utilicen un mecanismo de indexación automática). Los interlocutores sociales deberán participar en los procedimientos de fijación y actualización de los salarios mínimos legales.
Fomento de la negociación colectiva en materia de fijación de salarios
Dado que la negociación colectiva sobre la fijación de salarios es una herramienta importante para garantizar que los trabajadores puedan beneficiarse de unos salarios mínimos adecuados, la directiva pretende ampliar la cobertura de los trabajadores a través de la negociación colectiva. Por ello, los colegisladores acordaron que los países deberían promover el fortalecimiento de la capacidad de los interlocutores sociales para participar en la negociación colectiva, incluida la protección de los representantes de los trabajadores.
El acuerdo provisional entre el Consejo y el Parlamento Europeo prevé, en particular, que cuando la tasa de cobertura de la negociación colectiva sea inferior a un umbral del 80%, los Estados miembros deberán establecer un plan de acción para promover la negociación colectiva. El plan de acción debe establecer un calendario claro y medidas concretas para aumentar progresivamente la tasa de cobertura de la negociación colectiva.
Acceso efectivo
El Consejo y el Parlamento Europeo también acordaron una serie de medidas para mejorar el acceso efectivo de los trabajadores a la protección del salario mínimo. Estas medidas incluyen controles por parte de las inspecciones de trabajo, información fácilmente accesible sobre la protección del salario mínimo y el desarrollo de la capacidad de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley para perseguir a los empleadores que no la cumplen.
Antecedentes y próximos pasos
La propuesta de la Comisión Europea se presentó a los dos colegisladores -el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo- el 28 de octubre de 2020. El Consejo acordó su posición el 6 de diciembre de 2021; el Parlamento adoptó su mandato de negociación el 25 de noviembre de 2021.
Desde principios de enero, se han celebrado ocho rondas de negociación entre el Consejo y el Parlamento Europeo.
Por parte del Consejo, el acuerdo alcanzado hoy deberá ser confirmado por el Coreper. Esta aprobación irá seguida de una votación formal tanto en el Consejo como en el Parlamento Europeo.
Los Estados miembros tienen dos años para incorporar la directiva a su legislación nacional.
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