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El Abogado General de la UE pide rechazar el recurso de Junqueras y avala dejarlo sin escaño

Inicio » Noticias UE » Derecho » El Abogado General de la UE pide rechazar el recurso de Junqueras y avala dejarlo sin escaño

17 de junio de 2022

Según el Abogado General Szpunar, el recurso de casación del Sr. Junqueras i Vies contra el auto dictado por el Tribunal General el 15 de diciembre de 2020 debe desestimarse.

El Abogado General de la UE pide rechazar el recurso de Junqueras y avala dejarlo sin escaño

Este auto consideraba inadmisible su recurso, dirigido, en particular, contra la declaración de la vacante de su escaño realizada por el Presidente del Parlamento Europeo

En sus conclusiones, el Abogado General Maciej Szpunar propone al Tribunal de Justicia que desestime el recurso de casación del Sr. Junqueras i Vies.

El TJUE rechaza aplicar medidas cautelares para que Junqueras ocupe escaño en PE

 

En primer lugar, el Abogado General estima que el Tribunal General consideró acertadamente que el Presidente del Parlamento únicamente podía informar a este del fin del mandato del Sr. Junqueras i Vies sobrevenido a raíz de decisiones nacionales, sin que dicha información produjera efectos jurídicos propios que la hiciesen recurrible.

En segundo lugar, por lo que atañe al hecho de que el Sr. Junqueras i Vies reprocha al Tribunal General haber incurrido en un error de Derecho al declarar que el Parlamento no tenía competencias para revisar la causa de incompatibilidad que condujo a la pérdida de su mandato, el Abogado General señala que esta alegación se basa en una norma jurídica inexistente.

En tercer lugar, según el Sr. Szpunar, el Tribunal General actuó correctamente al partir de la premisa de que la elegibilidad forma parte del procedimiento electoral regulado por el Derecho de los Estados miembros, de modo que el Parlamento no tiene competencia para controlar las decisiones nacionales por las que se declara la pérdida de la elegibilidad y que entrañan, por consiguiente, la anulación del mandato.

Una persona elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución desde la proclamación oficial de los resultados y goza desde ese momento de las inmunidades aparejadas a tal condición

En cuarto lugar, por lo que atañe al no acogimiento por el Tribunal General, a causa de su inadmisibilidad, del recurso contra la supuesta decisión del Presidente del Parlamento de denegar la solicitud de 20 de diciembre de 2019, el Abogado General considera que el Sr. Junqueras i Vies no ha logrado cuestionar eficazmente la procedencia de la motivación del Tribunal General por lo que respecta a la inadmisibilidad.

Más información: Curia – Comunicado de prensa

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