CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
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La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2003/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 96/92/CE (DO 2003, L 176, p. 37), y del artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE (DO 2009, L 211, p. 55).
[Leer Más]Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación del artículo 26, del artículo 27, apartado 4, y del anexo VI del Reglamento (CE) n.º 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 45 TFUE, 49 TFUE a 56 TFUE y 106 TFUE, así como de los artículos15 y 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
[Leer Más]En su recurso de casación, HK pide la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 3 de mayo de 2018, HK/Comisión, en la que este desestimó el recurso en el que aquel solicitaba, por una parte, la anulación de la decisión de la Comisión Europea por la que se le denegó la concesión de una pensión de supervivencia y, en la medida en que fuera necesario, de la decisión de la Comisión por la que se desestimó su reclamación, y, por otra parte, la reparación del perjuicio material y del daño moral que alegaba haber sufrido.
[Leer Más]Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación de los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, el Banco Central Europeo (BCE) solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 26 de abril de 2018, Espírito Santo Financial (Portugal)/BCE), por la que dicho Tribunal anuló la decisión del BCE, de 1 de abril de 2015, por la que se denegó parcialmente el acceso a determinados documentos relativos a la decisión del BCE de 1 de agosto de 2014 referida al Banco Espírito Santo, S. A.
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