El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la «Ley del Tribunal Supremo» de Polonia, que reduce la edad de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo, es contraria a la legislación de la UE y viola el principio de la inamovilidad de los jueces y, por lo tanto, el de la independencia judicial.
Antecedentes
La ley polaca sobre el Tribunal Supremo redujo la edad de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo de 70 a 65 años, poniendo a 27 de los 72 jueces del Tribunal Supremo en funciones en riesgo de verse obligados a retirarse. Esta medida también se aplicó al Primer Presidente de la Corte Suprema, cuyo mandato de 6 años, establecido en la Constitución de Polonia, terminaría prematuramente.
De acuerdo con la ley, que entró en vigor el 3 de abril de 2018, los jueces afectados por la baja edad de jubilación tuvieron la posibilidad de solicitar una prórroga de su mandato, que el Presidente de la República podría otorgar por un período de tres años, y renovado una vez. No hubo un criterio claro establecido para la decisión del Presidente ni una revisión judicial si él rechaza la solicitud. Además, la única salvaguardia incluida en la ley polaca era una consulta no vinculante del Consejo Nacional para el Poder Judicial. El estado de derecho es uno de los valores comunes sobre los que se funda y acoge la Unión Europea en todos los Estados miembros. Está consagrado como tal en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
El estado de derecho es esencial para el funcionamiento de la UE en su conjunto, por ejemplo, en relación con el mercado interior, la cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, y garantizar que los jueces nacionales que también son «jueces de la UE» puedan cumplir sus obligaciones.
La Comisión Europea, junto con otras instituciones y los Estados miembros, es responsable en virtud de los Tratados, de garantizar el estado de derecho como un valor fundamental de nuestra Unión y de garantizar que se respeten la legislación, los valores y los principios de la UE. Los eventos en Polonia llevaron a la Comisión Europea a iniciar un diálogo con el Gobierno polaco en enero de 2016 bajo el Marco del Estado de Derecho y luego activar el procedimiento del Artículo 7 (1) TUE el 20 de diciembre de 2017. El proceso se basa en un diálogo continuo entre los Comisión y el Estado miembro de que se trate. La Comisión mantiene regularmente informados al Parlamento Europeo y al Consejo.
El 2 de julio de 2018, la Comisión inició un procedimiento de infracción a la Ley de Polonia sobre el Tribunal Supremo, debido a sus disposiciones de jubilación y su impacto en la independencia del Tribunal Supremo. El 24 de septiembre de 2018, la Comisión remitió el caso al Tribunal de Justicia de la UE y solicitó al Tribunal que ordenara medidas provisionales, evitando el daño irreparable que resultaría de la aplicación de la nueva ley, así como un procedimiento acelerado para obtener una sentencia definitiva lo antes posible. El 17 de diciembre de 2018, el Tribunal de Justicia emitió una orden final que imponía medidas provisionales para detener la aplicación de la ley polaca sobre el Tribunal Supremo. El Abogado General emitió una Opinión a principios de este año, el 11 de abril.
Para más información
Comunicado de prensa – Estado de derecho: la Comisión Europea remite a Polonia al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para proteger la independencia del Tribunal Supremo de Polonia
Comunicado de prensa – Estado de derecho: la Comisión Europea da el siguiente paso en el procedimiento de infracción para proteger la independencia del Tribunal Supremo de Polonia
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