Debido a que el virus COVID-19 continúa prevaleciendo en Europa y en esta etapa no es posible determinar el impacto de un posible aumento en contagios en la segunda mitad de 2022 o de la aparición de nuevas variantes, la Comisión Europea ha propuesto extender el Certificado COVID Digital hasta el 30 de junio de 2023. La ampliación del Reglamento garantizará que los viajeros puedan seguir utilizando su certificado COVID digital de la UE cuando viajen por la UE, donde los Estados miembros mantienen determinadas medidas de salud pública.
El certificado COVID digital entra en vigor |
Además de la prórroga del Reglamento sobre el certificado COVID digital de la UE hasta junio de 2023, la Comisión también propuso algunas pequeñas modificaciones:
- Incluir pruebas de antígenos de laboratorio de alta calidad entre los tipos de pruebas por las que puede expedirse un certificado de prueba diagnóstica. Con ello se pretende ampliar el ámbito de aplicación de los tipos de pruebas diagnósticas en un momento en el que las pruebas de COVID-19 experimentan una fuerte demanda.
- Garantizar que los certificados de vacunación contengan el número total correcto de dosis administradas en cualquier Estado miembro, no solo en aquel que expida el certificado. Con ello se pretende responder a las preocupaciones planteadas por los ciudadanos sobre los certificados que indican un número incorrecto de dosis cuando han recibido dosis de vacunas en diferentes Estados miembros.
- Disponer que puedan expedirse certificados a las personas que participen en ensayos clínicos de vacunas contra la COVID-19. El certificado COVID digital de la UE expedido a los participantes en ensayos podrá ser aceptado por otros Estados miembros. Esta medida tiene por objeto fomentar el desarrollo y el estudio permanentes de vacunas contra la COVID-19.
El uso nacional de los certificados COVID digitales de la UE sigue siendo competencia de los Estados miembros. El Derecho de la UE sobre el certificado COVID digital de la UE no prescribe ni prohíbe el uso nacional de dicho certificado (por ejemplo, para el acceso a eventos o restaurantes). Al mismo tiempo, cuando un Estado miembro establezca un sistema de certificado COVID-19 para fines nacionales, debe seguir garantizando que el certificado COVID digital de la UE también sea plenamente aceptado a esos efectos. Además, la Comisión también anima a los Estados miembros a que armonicen sus períodos de validez nacionales con el período de validez establecido a escala de la UE a efectos de viaje.
Próximas medidas
Para garantizar que la prórroga se adopte antes del 30 de junio de 2022, fecha límite del Reglamento vigente sobre el certificado COVID digital de la UE, la Comisión pide al Parlamento Europeo y al Consejo que deliberen sobre la propuesta y la adopten rápidamente.
A más tardar el 31 de marzo de 2022, la Comisión publicará también un segundo informe sobre el Reglamento sobre el certificado COVID digital de la UE, con arreglo a lo dispuesto en dicho Reglamento. El primer informe se publicó el 18 de octubre de 2021. Como se indicó en el primer informe, la Comisión presenta hoy una propuesta antes del segundo informe para velar por que el procedimiento legislativo necesario pueda concluir antes de la fecha final del Reglamento vigente.
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO relativo a un marco para la expedición, verificación y aceptación de certificados COVID-19 |
Declaraciones de los miembros del Colegio de Comisarios:
El comisario de Justicia, Didier Reynders, ha declarado: «No podemos predecir la manera en que evolucionará la pandemia, pero sí podemos asegurarnos de que los ciudadanos sigan beneficiándose de un certificado que funcione y sea aceptado dondequiera que vayan. Sin esta prórroga, corremos el riesgo de tener muchos sistemas nacionales divergentes, con toda la confusión y los obstáculos que ello entrañaría. El certificado COVID digital de la UE ha demostrado ser una herramienta eficaz para facilitar unos viajes libres y seguros. Estoy deseando ver el día en que ya no resulte necesario, pero mientras tanto nos permitirá circular con seguridad por Europa».
La comisaria de Salud y Seguridad Alimentaria, Stella Kyriakides, comentó: «El certificado COVID digital de la UE ha facilitado la libre circulación y los viajes seguros en tiempos de gran incertidumbre. Nuestros ciudadanos lo han hecho suyo y les ha facilitado la vida. Esta importante herramienta temporal ha sido clave para hacer frente a los riesgos y apoyar las medidas de salud pública en vigor para proteger a los ciudadanos durante la pandemia. […]
El comisario de Mercado Interior, Thierry Breton, ha observado: «Con más de 1 200 millones de certificados expedidos y sesenta países conectados, el certificado COVID digital de la UE se ha convertido en un estándar mundial. A través de la infraestructura digital de la Pasarela de la UE, seguimos facilitando la aceptación transfronteriza de los certificados COVID según va evolucionando la pandemia. Se trata de un importante factor que facilita la libre circulación y los viajes, incluso en tiempos de incertidumbre».
Contexto
Para facilitar la libre circulación segura durante la pandemia de COVID-19, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el 14 de junio de 2021 el Reglamento sobre el certificado COVID digital de la UE, que se aplica desde el 1 de julio de 2021. El Reglamento expira el 30 de junio de 2022.
Reglamento (UE) 2021/953 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de junio de 2021 |
El certificado COVID digital de la UE es un logro de la Unión Europea y sigue facilitando la seguridad de los viajes de los ciudadanos por toda la Unión durante la pandemia. Hasta la fecha, los Estados miembros han expedido más de 1 200 millones de certificados. Además, ha demostrado ser el único sistema de certificados COVID-19 operativo internacionalmente a gran escala, de modo que ha fijado un estándar mundial. A 31 de enero de 2022, 33 países y territorios de fuera de la UE estaban conectados al sistema de certificado COVID digital de la UE, y se prevé que otros se sumen en el futuro.
El 21 de diciembre de 2021, la Comisión adoptó nuevas normas relativas al certificado COVID digital de la UE, que establecen, a efectos de viaje, un período de aceptación vinculante de nueve meses (exactamente 270 días) para los certificados de vacunación que indican la finalización de la serie primaria a efectos de viajes dentro de la UE. Estas normas empezaron a el 1 de febrero de 2022.
Entran en vigor las nuevas normas sobre el certificado digital de la UE |
El 25 de enero de 2022, el Consejo acordó actualizar las normas para facilitar la circulación segura y libre en la UE durante la pandemia de COVID-19. Las normas establecen que, en la mayoría de los casos, los titulares de certificados COVID digitales de la UE válidos no deben estar sujetos a restricciones adicionales cuando viajen dentro de la UE.
La Comisión también propone hoy un Reglamento paralelo por el que se amplía la aplicación del certificado COVID digital de la UE también a los nacionales de terceros países que se encuentren o residan legalmente en el territorio de los Estados miembros.
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