CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Becas y Prácticas, Cooperación Internacional, Cuerpo Europeo de Solidaridad, Movilidad, Migración, Voluntariado, Organismos e Instituciones y Vida Política. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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La demanda se refiere a la supuesta violación del artículo 7 y del artículo 5 § 1 del Convenio por la expiración del plazo de ejecución de la pena privativa de libertad que el demandante estaba cumpliendo cuando presentó su demanda ante el Tribunal.
[Leer Más]La solicitud se refiere a los supuestos malos tratos sufridos por los demandantes a manos de la policía y a la supuesta falta de investigación efectiva de sus quejas por parte de las autoridades.
[Leer Más]La demanda se refiere a la supuesta violación del artículo 7 del Convenio debido a que los tribunales nacionales no aplicaron disposiciones penales más benignas con respecto a los demandantes, con el resultado de que su condena por participar en el delito de malversación de fondos carecía supuestamente de toda base legal.
[Leer Más]Mediante su recurso de casación, D. Carles Puigdemont i Casamajó, D. Antoni Comín i Oliveres y D.ª Clara Ponsatí i Obiols solicitan la anulación del auto del Vicepresidente del Tribunal General de 30 de julio de 2021, Puigdemont i Casamajó y otros/Parlamento (T‑272/21 R, no publicado, en lo sucesivo, «auto recurrido», EU:T:2021:497), por el que se desestimó su demanda de suspensión de la ejecución de las Decisiones P9_TA(2021)0059, P9_TA(2021)0060 y P9_TA(2021)0061 del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 2021, sobre los suplicatorios de suspensión de su inmunidad (en lo sucesivo, «Decisiones controvertidas»).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 9 de la Directiva 2008/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO 2008, L 299, p. 25), y de los artículos 54 y 111 del Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO 2009, L 78, p. 1).
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29; corrección de errores en DO 2015, L 137, p. 13).
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