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Acuerdo para suspender la exención de visados por motivos de seguridad y derechos humanos

Inicio » Noticias UE » Defensa y Seguridad » International Safety and Defence Politics » Acuerdo para suspender la exención de visados por motivos de seguridad y derechos humanos

18 de junio de 2025

Los equipos del Parlamento Europeo y del Consejo han alcanzado un acuerdo sobre los motivos para suspender la exención de visado para estancias de corta duración en la UE.

La reforma del mecanismo de suspensión de la exención de visados para estancias de corta duración en la UE, acordada hoy entre los equipos negociadores del Parlamento y el Consejo, permitirá a la UE responder con mayor flexibilidad cuando los países incumplan principios importantes de su acuerdo de exención de visados, que pueden incluir problemas de seguridad y violaciones de los derechos humanos.

Mujer atiendo en el mostrador de atención al cliente de un aeropuerto

Nuevos motivos de suspensión

En el futuro, serán motivos válidos para suspender la exención de visado las violaciones de la Carta de las Naciones Unidas, las infracciones graves del derecho internacional humanitario o de los derechos humanos y el incumplimiento de las decisiones de los tribunales internacionales. Esto ayuda a alinear los motivos de suspensión con los motivos de concesión de la exención de visado en primer lugar, y puede crear un efecto disuasorio.

Con la nueva ley, los motivos adicionales para suspender la exención de visado incluirán amenazas híbridas, como la instrumentalización de los inmigrantes por parte del Estado con el fin de desestabilizar o socavar la sociedad; y los planes de ciudadanía de los inversores («pasaportes dorados»), que plantean problemas de seguridad. La falta de alineación de un país con la política de visados de la UE, que podría convertirlo en país de tránsito para la entrada ilegal en la UE, también será un motivo válido para suspender los regímenes de exención de visado. Los motivos existentes, incluida la falta de cooperación en materia de readmisiones, se mantendrán.

Impunidad para los funcionarios de terceros países

Para disuadir a los gobiernos de terceros países de incumplir las condiciones de su acuerdo de exención de visados para estancias de corta duración, la normativa acordada da a la UE más flexibilidad para imponer suspensiones de visados a funcionarios públicos (que pueden ser responsables de violaciones de los derechos humanos u otras infracciones).

Sobre la base de una propuesta del PE, se acordó que la Comisión puede impedir que los Estados miembros eximan de la suspensión de visados a los funcionarios diplomáticos y de servicios portadores de pasaportes gubernamentales y estatales.

Según la legislación actual, los aumentos «sustanciales» del número de personas que permanecen sin permiso, de solicitudes de asilo de un país con un bajo índice de reconocimiento o de delitos graves también pueden desencadenar la suspensión de la libertad de visado. Durante las negociaciones, se acordó que el umbral para evaluar tal aumento se fijará en el 30 %. El umbral para calcular un bajo índice de reconocimiento de la solicitud de asilo se fijará en el 20 %. En casos bien justificados, la Comisión también podrá desviarse de estos umbrales.

Cita

Tras la votación, el ponente Matjaž Nemec (S&D, Eslovenia) declaró: «La reforma de las normas sobre visados dará a la UE una herramienta renovada para responder a las situaciones geopolíticas y a las nuevas amenazas. La política de visados puede contribuir a defender los valores de la UE garantizando que haya consecuencias cuando un gobierno extranjero infrinja los derechos humanos y el Derecho internacional. En tales casos, los representantes de sus gobiernos y sus diplomáticos deberían ver revocado su acceso sin visado a la UE, y este acuerdo lo hace más probable».

Próximos pasos

Antes de que pueda entrar en vigor, el acuerdo provisional debe ser adoptado formalmente por el Parlamento y el Consejo.

Contexto

Actualmente, los nacionales de 61 terceros países pueden viajar al espacio Schengen para estancias cortas (hasta 90 días en un periodo de 180 días) sin visado (fuente: EP Research Service).

Según la legislación vigente, la Comisión Europea (a propuesta de un Estado miembro afectado o por iniciativa propia) puede iniciar el proceso de suspensión de la exención de visado para los viajes de terceros países al espacio Schengen, primero temporalmente, a la espera de una investigación y un diálogo más profundos con el país en cuestión, y después de forma permanente si no se resuelven los problemas. Hasta la fecha, la exención de visado sólo se ha revocado una vez, en el caso de Vanuatu.

Más información: Parlamento Europeo

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