CDE Almería - Centro de Documentación Europea - Universidad de Almería
Centro de Documentación Europea de la Universidad de Almería
Documentación comunitaria en las áreas de Becas y Prácticas, Cooperación Internacional, Cuerpo Europeo de Solidaridad, Movilidad, Migración, Voluntariado, Organismos e Instituciones y Vida Política. Contiene también las últimas noticias, mediateca y boletines relacionados con la materia.
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La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n.º 3821/85 y (CE) n.º 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo (DO 2006, L 102, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014 (DO 2014, L 60, p. 1) (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 561/2006»).
[Leer Más]La Comisión Europea puso en marcha en 2018 un proyecto para crear un Centro Europeo de Apoyo a la Fabricación Avanzada con el fin de ayudar a las pymes a evaluar la posibilidad de adoptar tanto soluciones de fabricación avanzada como estrategias de innovación social, transformando así su organización hacia fábricas de nueva generación con una producción más competitiva, moderna y sostenible. El Consorcio ADMA llevó a cabo una primera acción piloto en la que participaron más de 100 pequeñas y medianas empresas (PYME) de 12 países europeos. Cerca de 70 empresas recibieron apoyo activo. Este libro de inspiración le guiará a través del enfoque único del Centro y muestra 15 PYME que han recibido apoyo de ADMA con éxito. El principal objetivo del Centro Europeo de Apoyo a la Fabricación Avanzada (ADMA) es ayudar a las PYME manufactureras europeas a evaluar la posibilidad de adoptar soluciones de fabricación avanzada y estrategias de innovación social. De este modo, se transforman en fábricas de nueva generación con métodos de fabricación más competitivos, modernos y sostenibles.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 131 y 138, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1), y de los principios de neutralidad fiscal, de efectividad y de proporcionalidad.
[Leer Más]La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 3 y 5 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9), a la luz del artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).
[Leer Más]Mediante su recurso, la Comisión Europea solicita al Tribunal de Justicia que declare que:
– La República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 6, apartados 1 y 2, 12, apartado 1, letras a) a d), 13, apartado 1, letras a) y d), y 16, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO 1992, L 206, p. 7), en su versión modificada por la Directiva 2013/17/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013 (DO 2013, L 158, p. 193) (en lo sucesivo, «Directiva sobre los hábitats»), y de los artículos 4, apartado 1, 5, letras a), b) y d), y 16, apartado 1, de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO 2010, L 20, p. 7), en su versión modificada por la Directiva 2013/17 (en lo sucesivo, «Directiva sobre las aves»), al haber introducido en el sistema nacional disposiciones conforme a las cuales la gestión forestal basada en las buenas prácticas no infringe ninguna disposición relativa a la protección de la naturaleza establecida en esas Directivas.
[Leer Más]Las peticiones de decisión prejudicial tienen por objeto la interpretación del artículo 13, apartado 1, letra b), inciso i), del Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (DO 2004, L 166, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.º 465/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012 (DO 2012, L 149, p. 4) (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 883/2004»), del artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento n.º 883/2004 (DO 2009, L 284, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento n.º 465/2012 (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 987/2009»), de los artículos 3, apartado 1, letra a), y 11, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26/CE del Consejo (DO 2009, L 300, p. 51), así como del artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.º 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (DO 2009, L 300, p. 72)
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