En sus continuos esfuerzos por proteger a los ciudadanos y coordinar la respuesta a COVID-19, la Comisión ha tomado medidas inmediatas para proteger la disponibilidad de suministros de equipo de protección personal (EPP), exigiendo que las exportaciones de ese equipo fuera de la Unión Europea estén sujetas a una autorización de exportación de los Estados miembros.
¿Que son los equipos de protección personal?
El equipo de protección personal abarca equipos tales como máscaras, gafas y visores protectores, protectores faciales, protección bucal-nariz y prendas de protección. Hay necesidades vitales de equipo de protección dentro de la Unión con respecto a los hospitales, los pacientes, los trabajadores de campo, las autoridades de protección civil.
Respuesta unificada
Esta ley de aplicación, adoptada por procedimiento de urgencia y publicada hoy, prevé autorizaciones para las exportaciones a terceros países. Tendrá una validez de seis semanas, durante las cuales se consultará a los Estados miembros sobre las posibles adaptaciones y el alcance de la medida actual y las medidas futuras.
Una respuesta europea unificada permite superar una situación en la que los Estados miembros adoptan enfoques individuales que afectan a la circulación de ese equipo en el mercado único y en terceros países, y refuerza la solidaridad europea. Algunos Estados miembros pioneros ya han indicado que aceptan las peticiones de la Comisión de modificar sus medidas nacionales para garantizar que el equipo vital esté disponible para quienes más lo necesitan, en toda la UE.
Mecanismos de garantía
La Comisión ayudará a los Estados miembros a establecer los mecanismos pertinentes para garantizar una aplicación fluida y coordinada del reglamento, teniendo en cuenta factores como los compromisos internacionales, la evolución de las necesidades urgentes dentro y fuera de la UE y la integración de las cadenas de producción y suministro con esos terceros países.
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